Un partido de sanción a Lenglet
El Comité de Competición desestimó las alegaciones del Barça y se remitió a la redacción del acta. Impuso la sanción mínima por juego violento.
El Comité de Competición de la Federación Española de Fútbol impuso un partido de suspensión al jugador francés del Barcelona, Clement Lenglet, por su codazo a Pere Pons. A Lenglet le aplican la sanción mínima por una infracción relativa al artículo 123 del Código Disciplinario de la Federación, que dice: “Producirse de manera violenta con ocasión del juego o como consecuencia directa de algún lance del mismo, siempre que la acción origine riesgo, pero no se produzcan consecuencias dañosas o lesivas, se sancionará con suspensión de uno a tres partidos o por tiempo de hasta un mes”.
El Barça presentó alegaciones contra la expulsión al considerar que "el golpeo es fruto de un lance del juego y de un efecto natural de la inercia de la acción". Sin embargo, el Comité de Competición entiende que no desvirtúan la redacción del acta de Gil Manzano,quien explicó que expulsó al jugador por “dar un golpe con el codo en la cara de un adversario cuando ambos estaban disputando un balón”. "Del visionado de las imágenes se deduce con claridad que existe un golpe en la cara del adversario por parte del jugador expulsado, de forma que no es posible calificar lo descrito en el acta como un error material manifiesto o patente respecto a lo realmente ocurrido", se lee en la resolución.
Gil Manzano expulsó a Lenglet después de señalar una falta a su favor tras un choque con Pere Pons. Este recibió entonces una indicación del VAR, acudió a ver las imágenes y decidió mostrar la tarjeta roja directa al azulgrana. En el mismo campo explicó a los jugadores del Barcelona que protestaban que Lenglet sacó el codo de forma exagerada y antinatural.