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CASO JIMMY

El juez cierra el caso Jimmy sin poder identificar a los asesinos

El juez dictó ayer, en un auto al que ha tenido acceso el portal 'iusport', que cierra la instrucción del caso sin identificar a los responsables. Contra esta resolución no cabe recurso.

El juez cierra el caso Jimmy sin poder identificar a los asesinos

El titular del Juzgado de Instrucción Número 20 de Madrid, en un auto dictado este martes al que ha tenido acceso IUSPORT, ha declarado "concluso este sumario sin procesamiento" al no poder identificar a los responsables de la muerte de Francisco J. Romero Taboada "Jimmy", una resolución contra la que no cabe recurso.

El ultra del Deportivo falleció en una pelea entre ultras del Atlético de Madrid y del equipo coruñes a orillas del Manzanares el 30 de noviembre de 2014.

En unos de sus fundamentos, el auto recoge que "Así, y por lo que se refiere en primer lugar a la declaraciones del Sr. V. P., debemos de partir de que es notoria y sabida para todas las partes que como coimputado o coinvestigado, su sola declaración no puede ser tenida como prueba de cargo, como señalan multitud de sentencias, ... dicha declaración ha de estar corroborada por algún hecho, circunstancia, o dato externos, pues se traduce de la doctrina constitucional una clara desconfianza hacia este medio probatorio, precisamente por el hecho de que el coimputado no presta sus declaraciones bajo juramento o promesa de decir verdad, y puede en definitiva con sus declaraciones, estar buscando, más que el esclarecimiento de los hechos, su propia exculpación".

Por otro lado, afirma el auto que "no es posible efectuar un estudio fisonómico de las personas que aparecen en dicho vídeo dada su baja resolución. En este sentido, debe quizás recordarse que este informe está elaborado por una unidad especializada en la determinación de identidades mediante el reconocimiento fisonómico, es decir, son los verdaderos especialista en la materia. Y a tal efecto, exponen que el procedimiento de trabajo de la Comisaría General de Policía Científica exige que una imagen tenga un mínimo de treinta píxeles para poder considerarla como apta a los efectos de realizar un estudio fisonómico..."

Así, el juez concluye que "todo lo expuesto me lleva a la conclusión de que no existen indicios racionales de criminalidad para procesar a persona alguna ni por el presunto delito de homicidio/asesinato perpetrado sobre D. Francisco Javier Romero Taboada, ni por el presunto delito de lesiones perpetrado sobre D. Santiago Miguel Aba a Manteiga".

"Por todo lo expuesto, una vez practicadas las diligencias oportunas para la investigación de los hechos, procede el dictado de auto de conclusión del sumario sin procesamiento alguno, al no existir indicios de criminalidad contra persona o personas determinadas por los hechos investigados en las actuaciones, remitiéndose los autos a la Audiencia Provincial de Madrid, para la confirmación o revocación de la presente resolución"