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ASCENSO A SEGUNDA B

Una resolución del TAD puede provocar un lío en la fase de ascenso a Segunda B

El organismo ha fallado a favor del Colunga, al que se le dio por perdido un encuentro ante el Langreo, lo que alteraría la clasificación con la que se ha jugado la fase de ascenso.

Una resolución del TAD puede provocar un lío en la fase de ascenso a Segunda B
ELOY ALONSODIARIO AS

La decisión del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) de estimar parcialmente un recurso del CD Colunga contra la sanción que le dio como perdido (3-0) un partido en marzo altera la clasificación del grupo 2 de Tercera división, que encuadra a los clubes asturianos, y la fase de ascenso a Segunda B.

La resolución del TAD deja sin efecto la sanción de pérdida del encuentro al CD Colunga ante la UP Langreo (3-0) y la multa de 750 euros impuesta al primero el 27 de marzo por el juz único de Competición de la Federación Asturiana, y ratificada después por el Comité de Apelación de la Federación Española (RFEF), informó Iusport.com.

El colegiado de aquel choque dio por suspendido el mismo después de esperar media hora a que el equipo visitante cambiara su equipación, ante la coincidencia de colores de las camisetas de los dos clubes.

Esta decisión y las posteriores de los órganos disciplinarios de la RFEF otorgaron los tres puntos al Langreo, que acabó segundo del grupo II de Tercera con 78 puntos y dos más que el Marino de Luanco (76), ambos tras el Real Oviedo B, líder con 82.

La resolución del TAD se produjo ayer después de que ya se haya disputado la eliminatoria de ascenso a Segunda B, en la que el Langreo ha jugado como segundo, cuando debería haberlo hecho como tercero al no sumar los tres puntos del choque del Colunga, y el Marino lo hizo como tercero.

El Oviedo B sí logró el ascenso a Segunda B, algo que no consiguieron ni Langreo ni Marino.

También el fallo del TAD influye en la próxima edición de la Copa del Rey ya que la segunda posición en la clasificación de la liga regular otorga plaza para competir en ésta, derecho que con la decisión del TAD corresponde al Marino.

El tribunal no estimó la otra reclamación del CD Colunga para que señalara fecha y hora para la disputa del encuentro suspendido y determinara las medidas necesarias en materia de equipación para evitar un nueva confusión.

"Más allá de dejar sin efecto la sanción, este tribunal no puede proceder a la concreción de los aspectos organizativos de la competición toda vez que dicha facultad compete a la federación deportiva", dictó.