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FIFA

La FIFA sanciona a Rayo y Celta por irregularidades en fichajes

El conjunto de Vallecas tendrá que pagar 45.000 euros, mientras que el de Vigo deberá abonar 55.000. La influencia de terceros a la hora de contratar, la causa de la sanción.

La FIFA sanciona a Rayo y Celta por irregularidades en fichajes

El Rayo y el Celta fueron sancionados por la FIFA por irregularidades en fichajes después de que el máximo organismo estudiara varios casos en los que había sospechas. El club vallecano deberá pagar 45.000 euros por cerrar "contratos que permitieron que un tercero influyera en la independencia del club, así como por no registrar un acuerdo de propiedad de un tercero existente y por no ingresar el correcto y obligatorio información en ITMS".

El Celta, por su parte, fue sancionado con 55.000 euros por "firmar un contrato que permitió a SL Benfica influir en la independencia del club (RSTP, edición de 2012) así como por utilizar ITMS como una herramienta de negociación". Otros de los sancionados han sido la Federación de Laos, el Sporting de Portugal, el Benfica y la Federación de Indonesia.

Esto dice el comunicado:

Después de las recientes reuniones del Comité Disciplinario, la FIFA puede confirmar hoy una serie de sanciones. 

La Federación de Fútbol Laos (LFF) ha sido sancionada con una multa de 690,000 francos suizos después de haber incumplido varias disposiciones relativas a la transferencia internacional y el primer registro de jugadores menores, para lo cual el art. 19 del Reglamento sobre el Estado y la Transferencia de Jugadores ("RSTP") es la disposición principal, así como otras disposiciones relevantes con respecto al registro y participación de jugadores menores y adultos en competiciones.

El Comité Disciplinario también ha impuesto sanciones a varios clubes por infracciones relacionadas con la influencia de terceros (artículo 18bis del RSTP) y otras violaciones del RSTP:

• Al Arabi de Qatar ha sido sancionado con una multa de CHF 187.500 por varios contratos que permitieron a un tercero influir en la independencia del club, por concluir acuerdos de propiedad de terceros en violación de los párrafos 4 y 5 del art.18ter RSTP, así como por una violación de la confidencialidad y la falta de ingreso de información correcta y obligatoria en el Sistema Internacional de Coincidencia de Transferencias (ITMS) en el marco de las transferencias de siete jugadores diferentes.

• Sporting CP de Portugal ha sido sancionado con una multa de CHF 110,000 por dos contratos que permitieron a un tercero influir en la independencia del club, así como por no registrar un acuerdo existente de propiedad de terceros en ITMS y por no ingresar una instrucción correcta y la información correcta y obligatoria en ITMS.

• SL Benfica de Portugal ha sido sancionado con una multa total de CHF 150,000 por dos contratos que permitieron a un tercero influir en la independencia del club.

• Rayo Vallecano de España ha sido sancionado con una multa de CHF 55,000 por contratos que permitieron que un tercero influyera en la independencia del club, así como por no registrar un acuerdo de propiedad de un tercero existente y por no ingresar el correcto y obligatorio información en ITMS.

• RC Celta de Vigo de España ha sido sancionado con una multa de CHF 65,000 por firmar un contrato que permitió a SL Benfica influir en la independencia del club (RSTP, edición de 2012) así como por utilizar ITMS como una herramienta de negociación.

• Por otro lado, con respecto al contrato celebrado con RC Celta de Vigo, todos los cargos contra SL Benfica en relación con una violación del art. 18bis RSTP fueron desestimadas dado que SL Benfica no otorgó a RC Celta de Vigo ninguna capacidad para influir en su independencia en materia de empleo y asuntos relacionados con la transferencia. Esta decisión se ha aprobado sobre la base del art. 18bis de la edición de 2012 del RSTP, que, a diferencia de la edición actual, no proporciona ninguna base legal para sancionar a un club que haya adquirido la capacidad de influir. Sin embargo, SL Benfica ha sido sancionado con una multa de CHF 15,000 por utilizar indebidamente ITMS como herramienta de negociación.

Además, la Asociación de Fútbol de Indonesia ha sido sancionada con una multa de CHF 30,000 por no deducir puntos de seis de sus clubes afiliados como se establece en varias decisiones del Comité Disciplinario de la FIFA aprobadas como resultado de dichos clubes que violaron el art. 64 del Código Disciplinario de la FIFA (incumplimiento de las decisiones aprobadas por la Cámara de Resolución de Disputas de la FIFA).

Finalmente, el Comité Disciplinario había abierto un procedimiento tras una denuncia presentada por la FA después de que un jugador español supuestamente usó un lenguaje discriminatorio contra un jugador inglés durante el partido final de la Copa Mundial Sub-17 de la FIFA India 2017. Tras una investigación exhaustiva, la DisciplinaEl Comité ha decidido desestimar todos los cargos en vista de la falta de evidencia suficiente que pueda corroborar el reclamo del jugador inglés. A pesar de la ausencia de una sanción, que solo puede imponerse sobre la base de pruebas claras, la Comisión Disciplinaria desea reiterar la postura inequívoca y cero de la FIFA contra todas las formas de discriminación, tal como se consagra en los Estatutos de la FIFA.