Transcurridos más de tres años de respetuoso silencio mantenido por mi parte, y, dada la trascendencia de la reciente Sentencia dictada por el Tribunal Supremo de fecha 13 de marzo, y la interpretación interesada que de la misma se viene haciendo por el actual Consejo del R.C. Deportivo, me veo en la obligación de salir al paso de las falsedades que se vienen vertiendo de contrario, y realizar las siguientes puntualizaciones:
1ª.- Bajo mi presidencia del Consejo de Administración del R.C. Deportivo se consideró oportuno sostener la demanda incidental contra la clasificación de créditos concursales de Hacienda. La Administración Concursal, en su día, me ofreció a cambio de no presentarla -y posteriormente, de retirar la misma- un mejor trato personal. Me negué. Se planteó la demanda por los abogados del club. Ganaron el pleito en primera instancia -bajo la dirección letrada de D. Germán Rodríguez Conchado-, y en apelación -donde el recurso fue planteado bajo la dirección letrada de D. Rafael Chaver Rey-. El propio Tribunal Supremo no impuso las costas de esa parte del proceso -de modo excepcional- al reconocer las serias dudas de derecho que generaba el litigio, dudas que en todo caso exigían la interposición de la demanda, en la defensa de los intereses del R.C. Deportivo.
2ª.- La oposición al recurso presentado por Hacienda ante el Tribunal Supremo, y, consecuentemente la defensa de los intereses del R.C. Deportivo la han llevado abogados externos al club, pertenecientes al “Bufete Garrigues”, despacho de abogados que también defendió los intereses de NCG Banco en ese mismo litigio. Cabría preguntarse si se ha preferido el “amiguismo” al más elemental principio de incompatibilidad. Ese despacho fue contratado por el actual Consejo de Administración tras haber cesado al letrado Sr. Chaver Rey que había preparado el recurso ante la Audiencia Provincial de A Coruña, y que resultó estimado. Ahora, han perdido. Pero es más, el propio Tribunal Supremo atribuye al R.C. Deportivo mala fe procesal. Todo indica que, al modificar, en su escrito de oposición al recurso, los exitosos fundamentos alegados en su día, así como, al realizar alegaciones contradictorias con las que en su día se manifestaron, han perjudicado gravemente las posibilidades de éxito. Se ha llegado al extremo de denunciar falsos hechos ilícitos, sobre los cuales, ya les reprocha el Tribunal que nadie puede alegar en su favor. Todo por anteponer los intereses del actual Consejo contra mi persona, frente a la defensa en buena lid de los intereses del R.C. Deportivo. Insólito.
3ª.- Ese reconocimiento de hechos supuestamente ilícitos realizado por el R.C. Deportivo en su escrito de oposición al recurso de Hacienda -teóricamente para la “defensa” de sus intereses-, y no ninguna otra causa, es lo que ha provocado que deba deducirse testimonio a la Fiscalía, tal y como indica el propio Tribunal Supremo en su Sentencia.
4ª.- El Consejo del R.C. Deportivo ha emitido un comunicado oficial -si bien, ocultando la Sentencia que en mi caso sí acompaño-, en donde se afirma que: “el fallo del Tribunal Supremo pone de manifiesto una nefasta gestión económica anterior”. En ningún caso lo dice la Sentencia. Lo único que ésta califica -en los términos críticos expresados- es el extenso escrito de oposición presentado por el R.C. Deportivo ante el Supremo, si bien, ni sus nuevas alegaciones son tomadas en consideración, ni son aceptadas las mismas. Las mentiras constantes del Consejo del Deportivo acerca de la gestión anterior pueden funcionar, si son magnificadas por un concreto medio de comunicación, en A Coruña. No más allá.
5ª.- El Tribunal Supremo manda, en su caso, investigar por qué el R.C. Deportivo ha denunciado un presunto hecho ilícito que pudiera constituir un delito como argumento de oposición al recurso perdido. El actual Consejo de Administración en beneficio propio es el único que ha sostenido esa argumentación, ni tan siquiera Hacienda ni los Bancos. Lo que quiera que haya manifestado ante el Supremo, ha sido una argucia inventada para fundamentar un motivo de recurso que ni prosperó, ni podía prosperar. Juego sucio, y más que inútil, contraproducente. Y que, lamentablemente, en ningún caso ha servido para mantener el éxito de la reclamación que, hasta la fecha, se había ganado.
6ª.- En resumen, los abogados del R.C.Deportivo nombrados por el Consejo presidido por quien suscribe habían ganado el asunto frente Hacienda, en primera instancia y ante la Audiencia. El presidente D. Constantino Fernández los cesó nada más constituir el actual Consejo deportivista en enero de 2014, y decidió nombrar abogados externos para dirigir el pleito. Desde los mismos salones en los que se intentó llevar a cabo “el golpe de estado” del 31 de julio de 2013, se modificaron los fundamentos exitosos alegados hasta entonces por nuestros abogados, y se sugirió que el R.C. Deportivo había cometido un delito para justificar que no podía estar obligado por el resultado del mismo. Perdieron de forma clara en el Supremo… y ahora el actual Consejo trata de hacerme responsable ante la opinión pública del fracaso judicial, en lugar de reconocer su nefasta decisión sobre el fichaje de los nuevos letrados, y sobre la estrategia procesal marcada.
7ª.- Ante el cúmulo de falsedades y medias verdades vertidas por el Consejo del R.C. Deportivo y, de forma especial, por un medio escrito de la ciudad, me reservo todas las acciones legales que en Derecho puedan corresponderme.
A Coruña, 20 de marzo de 2017.
Fdo. Augusto César Lendoiro.