La Audiencia declara culpable el concurso, pero exime a Pernía
Achaca a la actuación del empresario Ahsan Ali Syed y su sociedad Western Gulf Advisory Holding (WGA), con lo que exime al entonces presidente del club, Francisco Pernía.
La Audiencia de Cantabria ha declarado culpable el concurso de acreedores solicitado por el Racing de Santander en julio de 2011, que achaca a la actuación del empresario Ahsan Ali Syed y su sociedad Western Gulf Advisory Holding (WGA), con lo que exime al entonces presidente del club, Francisco Pernía.
La Audiencia revoca así parcialmente la sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Santander que declaró fortuito el concurso, tras el recurso presentado por el Ministerio Fiscal. El tribunal basa su decisión en el incumplimiento del deber de colaboración con la administración concursal por parte de WGA y Ali Sied, al no haberse opuesto estos dos a que el concurso se declarara culpable y haber desistido de la oposición el club de fútbol.
Declara culpables de la insolvencia al empresario Ali Sied y a la sociedad WGA, que utilizó en enero de 2011 para hacerse con el 98 por ciento de las acciones del Racing, convirtiéndose así en accionista mayoritario. Además, inhabilita al empresario y a la sociedad para administrar los bienes ajenos y para representar o administrar a cualquier persona durante un periodo de cinco años y les condena a la pérdida de cualquier derecho que tengan sobre el concurso.
Sin embargo, la Audiencia de Cantabria exime a Francisco Pernía, al no haberse justificado su vinculación con la insolvencia. La Fiscalía y los administradores concursales basaron su petición de que el concurso fuera declarado culpable en tres causas: demora en la solicitud de concurso e incumplimiento de modo reiterado y sistemático del deber de colaboración con ellos por el empresario y la sociedad y actuaciones que supusieron la salida injustificada de 5 millones de euros del club, unos gastos excesivos e injustificados que atribuyen a Pernía y que agravaron la situación de insolvencia.
La Audiencia de Cantabria establece en su sentencia que ni la administración concursal ni la Fiscalía establecieron un nexo causal entre la conducta de Pernía y la agravación de la insolvencia en primera instancia, una justificación que sí figura en el recurso de apelación. Según la magistrada, las actuaciones imputadas a "Pernía podrían ser fuente de otro tipo de responsabilidades, pero no pueden sustentar la calificación culpable tal y como fueron formuladas, al faltar la exposición justificada de su vinculación con la insolvencia.