REAL MADRID

La Audiencia de Madrid absuelve a TV3 por el vídeo de las hienas

Gana su recurso contra la sentencia de un juzgado de primera instancia. Para la Audiencia, el vídeo no resulta "insultante, ni vejatorio, ni denigrante".

Una imagen de Pepe, en el famoso vídeo de las hienas.
As.com
Redacción Diario As
Barcelona Actualizado a

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a TV3 en la demanda presentada por el Real Madrid por la emisión de un vídeo en el que se comparaba a los jugadores blancos con hienas, en los momentos más críticos del enfrentamiento entre ambos clubes, entonces dirigidos por Pep Guardiola y José Mourinho.

La nueva sentencia es producto del recurso presentado por TV3 contra la que dictó el Juzgado de Primera Instancia número 77 de Madrid, que estimaba parcialmente la demanda contra la intromisión ilegítima en el derecho al honor que había presentado el club blanco. La cadena fue condenada a pagar al Real Madrid 20.000 euros, indemnización ahora revocada. El Madrid solicitó inicialmente seis millones de euros.

El vídeo se emitió en febrero de 2013, después de la semifinal de Copa del Rey que disputaron ambos equipos. TV3, en una nota pública, defiende que el programa en el que se emitieron las imágenes era de entretenimiento deportivo y no meramente informativo. En las imágenes se comparaba la dureza de varios jugadores del Real Madrid con la estrategia de caza de las manadas de hienas.

“Por más que pueda considerarse crítica mordaz, ni formal ni materialmente puede considerarse injuriosa, insultante, vejatoria ni denigrante, antes al contrario en atención al concreto sector deportivo en que ha de enmarcarse la imagen, cuyo carácter más desenfadado y pasional ha sido puesto de manifiesto en distintas resoluciones, su utilización se considera perfectamente incardinable en los usos sociales, y en modo alcanza una desproporción sancionable jurídicamente”, dice la sentencia.

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Y añade: “Así, teniendo en cuenta la posición prevalente que ostenta el derecho a la libertad de expresión sobre el derecho al honor, una vez ponderados los mismos, la emisión de lances de juego discutidos y la imagen final del jugador Pepe caracterizado, deben considerarse dentro del ámbito de la crítica admisible, y de los estándares utilizados en la contienda deportiva, y más aún dentro del fútbol profesional, cuyos contornos vienen caracterizados por ser más distendidos que en otros ámbitos, y por ello ningún matiz vejatorio y denigratorio tienen para el Club demandante, quien además no ha logrado acreditar la existencia de ningún perjuicio concreto derivado de la emisión del video litigioso”.

 

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