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VIOLENCIA DE GÉNERO

Juanele, al juzgado por violar la orden de alejamiento

El pasado viernes fue sentenciado a cinco meses de prisión por un delito de malos tratos en el ámbito familiar, tras la agresión a su expareja.

Juanele, en una imagen de archivo.
PACO PAREDES

El exfutbolista del Sporting Juan Castaño Quirós 'Juanele' será juzgado de nuevo el próximo día 30 acusado de quebrantar la orden de alejamiento decretada el pasado viernes por el Juzgado de lo Penal número 2 de Gijón por la agresión con un bate de béisbol a su expareja.

Según una nota de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, Juanele ha pasado este lunes a disposición del Juzgado de Instrucción número 2 de Gijón, en funciones de Juzgado de Guardia, detenido el pasado sábado tras una nueva denuncia de su expareja.

Al no producirse la conformidad entre partes necesaria para la celebración del correspondiente juicio rápido, el caso se ha trasladado al Juzgado de lo Penal número 1 de Gijón, donde se celebrará un juicio rápido por quebrantamiento de medida cautelar el próximo día 30.

El pasado viernes Juanele fue sentenciado a cinco meses de prisión por un delito de malos tratos en el ámbito familiar, tras la agresión a su expareja con un bate de béisbol, pero al aplicar la magistrada la eximente incompleta de alteración mental fue sustituida por la medida de libertad vigilada, consistente en sometimiento a tratamiento médico ambulatorio correspondiente a sus padecimientos psíquicos durante tres años, con remisión por parte del facultativo encargado de informes semestrales sobre su evolución.

El fallo judicial también condenó a Juanele a la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a la privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tres años, con la prohibición, además, de aproximación a la víctima, a su domicilio, a su lugar de trabajo o lugares que ella frecuente a menos de 500 metros y de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento por tiempo de tres años. También le impuso el abono de las costas causadas, incluidas las de la acusación particular.

De acuerdo a la sentencia, Juanele, quien mantuvo una relación sentimental con la víctima durante tres años y medio, se dirigió a la peluquería que regentaba su expareja el pasado día 2, después de haber estado ingiriendo bebidas alcohólicas durante las horas previas.

Una vez en la peluquería, ubicada en el número 16 de la avenida de Galicia, Juanele sacó un bate de béisbol y golpeó en repetidas ocasiones a su expareja, en la mano, cabeza y espalda, una agresión que fue presenciada en parte por la hija de 8 años de la víctima, que fue sacada del local por una empleada del mismo.

La víctima, a consecuencia de los golpes, sufrió diversas lesiones, la mayoría hematomas, en diferentes partes del cuerpo. En la sentencia se destacaba que Juanele tenía en el momento de cometer los hechos sus capacidades intelectivas alteradas y sus capacidades volitivas parcialmente disminuidas. A esto se suma que el acusado, en ese día, había suspendido la ingesta del tratamiento farmacológico prescrito y se encontraba bajo los efectos de la previa ingesta alcohólica.