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FÚTBOL PROFESIONAL

La nueva ley Beckham deja fuera definitivamente a los deportistas

El anteproyecto mantiene el tipo del 24% para los no residentes que ganen hasta 600.000 euros, pero los deportistas profesionales no podrán acogerse a este beneficio.

Madrid
Rajoy, el día que despidió a la Selección antes de que partiera para el Mundial de Brasil.
DANI SÁNCHEZ

El anteproyecto de ley de la reforma fiscal excluye a los deportistas profesionales y adecua la tributación de los no residentes a la de los residentes. Es decir, la nueva reforma fiscal acaba con el último vestigio de la conocida popularmente como ley Beckham, y los deportistas profesionales nacidos en el extranjero que antes gozaban de ciertos beneficios fiscales ya no los tendrán y cotizarán exactamente igual que un deportista nacido en España.

La ley fue creada en 2005 (Gobierno de Aznar) con el objetivo de atraer a España a profesionales altamente cualificados, talentos como científicos, ingenieros, etc. Para lograr ese efecto llamada, los talentos gozarían de una legislación muy provechosa y sólo tributarían un máximo del 24% de sus ingresos, frente al 43% (tipo máximo) al que estaban sujetos los ciudadanos españoles. Sin embargo, la ley fue aprovechada inmediatamente por los deportistas extranjeros que actuaban en España. Por eso fue llamada ley Beckham.

Cuando se supo que Cristiano tenía que pagar al fisco la mitad que Raúl se realizó la primera modificación, en 2011 (Gobierno de Zapatero), para evitar precisamente que los deportistas extranjeros fuesen mayormente los beneficiados. Se decidió mantener la ley Beckham pero sólo sería aplicable para extranjeros que ganasen hasta 600.000 euros anuales. Quien ganase a partir de 600.001 euros ya tributaría al 43%.

En 2012 (Gobierno de Rajoy) se subieron los impuestos y el tipo máximo pasó a ser del 52% (antes 43%). Cataluña, con un régimen propio, fija su máximo en 56%.

En enero de 2015 se rebajará la presión fiscal y el máximo quedará fijado en un 47%. La previsión es que en 2016 baje hasta el 45%.

La reforma actual anunciada por el Gobierno permite que todo extranjero que resida en España tribute los primeros 600.000 euros de sus ganancias al 24% y durante un máximo de cinco años consecutivos, pero los deportistas están excluidos. El artículo 93 del anteproyecto refleja que “podrán optar a estas reglas especiales los extranjeros que se desplacen a España con motivo de un contrato de trabajo, con excepción de la relación laboral especial de los deportistas profesionales regulada por el Real Decreto 1006/1985 de 26 de junio.

Es evidente que la nueva ley deja fuera a los deportistas profesionales, pero nada especifica de otros gremios ligados al deporte. Por ejemplo, sí se podrían beneficiar un directivo de un club, un agente de jugadores, un ingeniero de un equipo de Fórmula 1…