Campaña Renta 2025-26

Declaración de la Renta 2025-26 por Internet: ¿cuándo se abre el plazo para presentarla?

Los plazos pueden variar en función de la modalidad que se elija, aunque la ficha límite común para presentar la declaración es el 30 de junio.

Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2022, en la Administración de Hacienda de Montalbán, a 1 de junio de 2023, en Madrid (España). Desde hoy la Agencia Tributaria asiste a los ciudadanos en sus oficinas para la confección y presentación de los documentos. El plazo de presentación de declaraciones finaliza el 30 de junio y las solicitudes de cita previa, tanto para la atención telefónica como presencial, finaliza el 29 de junio. En total, la Agencia Tributaria prevé ingresar 16.448 millones de euros, un 5,6% más respecto al ejercicio anterior, mientras que el importe a devolver caerá un 2,4%, hasta los 9.946 millones.
01 JUNIO 2023;RENTA;DECLARACIÓN RENTA;RENTA 2022;HACIENDA;IMPUESTOS;AGENCIA TRIBUTARIA;
Carlos Luján / Europa Press
(Foto de ARCHIVO)
01/6/2023
Carlos Lujan | DiarioAS
Actualizado a

Este 8 de abril comienza la Declaración de la Renta 2025-26, que se entrega en este 2026. Como cada año, debemos prestar atención a todo aquello que pueda afectar a la tributación y estudiar las posibles deducciones que se pueden aplicar.

Por otra parte, según el calendario de la Renta para el contribuyente, que se puede consultar en la Agencia Tributaria, el plazo se iniciará, como de costumbre, en el mes de abril. Pero las fechas varían según la forma en la que se quiera presentar la declaración.

Por internet

En primer lugar, el plazo para presentar la declaración por internet se abre este 8 de abril y se extiende hasta el 30 de junio. Durante este periodo, los contribuyentes tendrán acceso al borrador para modificar y presentar la declaración de forma telemática, a través del programa Renta Web.

Para la modalidad online no se requiere cita previa, pero sí el DNI electrónico, el certificado electrónico, la Cl@ve PIN o el número de referencia para acceder a la página web. La Agencia Tributaria aclara que los dos primeros son válidos para todos los modelos, ya sea por parte de personas físicas, representantes de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica. Sin embargo, solo las personas físicas podrán utilizar el sistema de Cl@ve PIN y el número de referencia. Este último lo podemos obtener en el portal de la Agencia Tributaria introduciendo una serie de datos personales.

Por teléfono

Para confeccionarla por teléfono, el plazo empezará el 6 de mayo y se prolongará hasta el 30 de junio. La solicitud de cita abrirá el día 29 de abril y llegará hasta el 29 de junio.

Para pedir cita previa por teléfono, hay que llamar a cualquiera de los siguientes números:

- 901 121 224

- 915 357 326 o 901 223 344

- 915 530 071

De forma presencial

Por su parte, para hacer la declaración presencialmente en algunas de las oficinas, habrá que esperar al mes de junio. Será del 1 al 30 de junio cuando se podrá acudir a una de ellas. Eso sí, habrá que hacerlo con cita previa, que se podrá pedir desde el 29 de mayo hasta el 29 de junio, llamando a los números antes mencionados.

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No importa cómo prefiramos presentar la declaración, pero debemos hacerlo dentro del plazo establecido para evitar sanciones o multas. Si el vencimiento del plazo cae en una fecha que sea festiva a nivel local o autonómico, este pasa al primer día hábil siguiente al señalado en el calendario.

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