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Paga extra en Navidad: ¿se cobra más que con 12 mensualidades y cuánto retienen de IRPF?

Dependiendo del contrato de cada trabajador, el salario bruto anual se dividirá en 12 si las pagas están prorrateadas o en 14 si existen dos pagas extraordinarias.

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Paga extra en Navidad: ¿se cobra más que con 12 mensualidades y cuánto retienen de IRPF?

Las pagas extraordinarias son una parte de la retribución salarial de un trabajador que no se cobra mensualmente, sino que se percibe en determinados momentos del año. El artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores determina la existencia de dos pagas extra, una en Navidad y la otra cuando se fije por convenio o lo que se acuerde entre empresa y trabajador.

Sin embargo, existen los casos en los que por convenio colectivo se perciben más de dos pagas extraordinarias (tres suele ser habitual en muchas empresas) o que éstas se paguen de forma prorrateada mes a mes, es decir, cada mes el trabajador cobre la parte proporcional de la paga extraordinaria.

El hecho de cobrar 12 pagas al año, 14 o 15 si se tienen dos o tres pagas extraordinarias, no varía nada respecto al salario del trabajador. El salario bruto sigue siendo el mismo, por lo que éste se dividirá en 12 si las pagas extraordinarias están prorrateadas o en 14 o 15 si existen pagas extra durante el año. El IRPF a pagar será el mismo, sólo que se dividirá de una forma u otra.

En ambos casos se cobra lo mismo anualmente

Por poner un ejemplo, si un trabajador cobra 1.500 euros brutos al mes y tiene dos pagas extraordinarias, significará que percibirá cada mes una nómina de 1.500 euros brutos al mes más los dos meses en los que se cobrará las pagas extra, que cobrará 1.500 euros brutos más.

Por el contrario, si las pagas están prorrateadas, las dos pagas extra (1.500+1.500=3.000) habrá que dividirlas entre 12 para percibir la parte proporcional cada mes. Es decir, esos 3.000 euros brutos correspondientes a las dos pagas extra serán 250 euros brutos cada mes, por lo que el salario cada mes será 1.750 euros brutos.

En ambos casos, estará cobrando lo mismo. Si tiene las dos pagas extraordinarias, cobrará 21.000 euros brutos (1.500x14=21.000 euros). Y si tiene las dos pagas prorrateadas mes a mes, también estará percibiendo 21.000 euros brutos (1.750x12=21 euros).

El IRPF a pagar es el mismo

En cuanto al IRPF, se hará la misma operación. O bien la cantidad total anual a pagar se divide entre 12 si las pagas están prorrateadas o se reparte en las 14 pagas si sumamos las dos extraordinarias.

Al ser lo mismo, hay trabajadores que prefieren percibir las dos pagas extra y tener dos meses al año en los que tienen ‘dos nóminas’ o por el contrario hay quien prefiere tenerlas prorrateadas para tener mes a mes un salario ‘mayor’, sin tener un impulso doble dos meses.