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HERENCIAS

¿Cuál es el porcentaje en el reparto de los tercios de una herencia?

Estos son los porcentajes establecidos en el reparto de los tercios de una herencia y que dan respuesta a cómo se procede a otorgar un testamento.

¿Cuál es el porcentaje en el reparto de los tercios de una herencia?
Pixabay

A la hora de heredar una serie de bienes o propiedades, todas las personas a las que les otorguen un testamento deben diferenciar las tres partes de las que se compone toda herencia, que son la legítima, mejora y libre disposición.

Según lo establecido en el Código Civil, en su artículo 806, la legítima de una herencia es aquella “porción de bienes de que el testador no puede disponer por haberla reservado la ley a determinados herederos”. Junto a la legítima, el tercio de mejora constituye la parte que va únicamente destinada a hijos y descendientes, mientras que en el caso del tercio de libre disposición los bienes del testador pueden acabar en terceras personas, a diferencia del tercio de mejora. Estos son los diferentes porcentajes de reparto.

La legítima suponen dos terceras partes de la herencia

Según lo que establece el Código Civil en el artículo 808, la legítima de hijos y descendientes la constituyen “dos terceras partes de la herencia del haber hereditario de los progenitores”, es decir, un 66,6% de la herencia.

Sin embargo, también especifica este punto que éstos podrán aplicar la legítima “para aplicarla como mejora a sus hijos o descendientes”. Esta aplicación es la que corresponde al tercio de mejora. La parte restante de la herencia que queda, el 33,3%, supone el tercio de libre disposición, destinada para la persona que considere oportuna de recibirla el propio testador.

Sin terceras personas, pasa a formar parte de la legítima

Estos porcentajes pueden variar en diversas situaciones. Puede darse el caso de que en una herencia no haya terceras personas que no sean descendientes y que puedan recibirla a través del tercio de libre disposición.

Si no hay voluntad por parte del fallecido para ceder parte de sus bienes o propiedades a una tercera persona o a una entidad, el tercio de libre disposición pasa a formar parte de la legítima de la herencia.