OPERACIÓN PUERTO
UCI: "Los ciclistas españoles han cometido falso testimonio"
Para el abogado de la UCI, los de los ciclistas "son testimonios en los que faltaron a la verdad y su conducta podría ser incardinada en el delito de falso testimonio".
El abogado de la Unión Ciclista Internacional (UCI) en el juicio de la Operación Puerto, Pablo Jiménez de Parga, ha señalado hoy que seis ciclistas españoles que comparecieron como testigos en la vista y que negaron cualquier práctica de dopaje pudieron cometer un delito de falso testimonio.
El letrado se ha referido a los testimonios prestados por Ángel Vicioso, Isidro Nozal, Joseba Beloki, Unai Osa, David Etxebarria y Marcos Serrano, que formaron parte de los equipos Kelme y Liberty y a los que ya en la sesión del pasado viernes tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado negaron cualquier credibilidad por "negar la pura evidencia".
En la misma línea, el representante de la UCI ha calificado sus declaraciones de "incoherentes e inverosímiles" y ha subrayado que ninguno de ellos supo explicar por qué en los registros practicados en la consulta del médico Eufemiano Fuentes aparecieron sus programaciones deportivas, en algunas de las cuales figuraban datos personales como los teléfonos de sus domicilios particulares.
"El colmo llegó en la declaración de (Isidro) Nozal, que negó haberse dopado pese a haber dado positivo en un control por EPO, o en la de Marcos Serrano, que dio una versión inverosímil sobre el mensaje de su esposa a Fuentes tras el incidente del Giro de 2006 que le obligó a estar hospitalizado diez días", ha dicho Jiménez de Parga.
Para el abogado, los de los ciclistas -de los que solo Vicioso continúa en activo, ahora en el equipo Katusha- "son testimonios en los que faltaron llana y lisamente a la verdad y su conducta podría ser incardinada en el delito de falso testimonio".
El letrado ha solicitado por ello a la magistrada Julia Patricia Santamaría que, a la hora de decidir sobre el destino de las bolsas de sangre y de plasma intervenidas, piense que éstas "son importantes no solo para iniciar en su caso procedimientos disciplinarios, sino también para acreditar la comisión de un delito cometido por algunos de los testigos".