AGENCIA ANTIDOPAJE
Luxemburgo no recurrirá la sanción por dopaje a Schleck
En vista de las razones expuestas en su resolución por el Comité Disciplinario, la Agencia Antidopaje de Luxemburgo ha decidido no recurrir la decisión.
La Agencia Antidopaje de Luxemburgo (ALAD) ha decidido no recurrir la sanción de un año de suspensión impuesta el pasado 30 de enero por su Comité Disciplinario al ciclista Frank Scleck por su positivo por el diurético Xipamide durante el pasado Tour de Francia.
"Habiendo expirado el plazo de 21 días (para recurrir) y en vista de las razones expuestas en su resolución por el Comité Disciplinario, el Consejo de Administración de la ALAD ha decidido no recurrir la decisión", ha señalado la agencia antidopaje en un comunicado de prensa.
Frank Schleck dio positivo por el diurético por Xipamide tras la decimotercera etapa del Tour 2012, que finalizó en Cap d'Agde, y tras conocerse el resultado, dos días después, abandonó la prueba, coincidiendo con la jornada de descanso en Pau.
El contraanálisis de la muestra B confirmó el positivo, aunque el mayor de los Schleck siguió defendiendo su inocencia en las tres ocasiones en que compareció ante las autoridades antidopaje luxemburguesas, en agosto, octubre y diciembre.
Schleck sostiene que la presencia del producto prohibido en su organismo fue consecuencia de un envenenamiento o una ingestión accidental.
La sanción anunciada por la agencia antidopaje luxemburguesa exime al ciclista de castigo económico, pero anula todos sus resultados en la pasada edición del Tour de Francia, en el que marchaba en el puesto duodécimo.
Schleck había llegado a la ronda gala como teórico jefe de filas de su equipo, tras la lesión de su hermano menor, Andy, que le impidió disputar la prueba.
Los doce meses de sanción tienen carácter retroactivo y empiezan a contar desde el 14 de julio de 2012.