La CAM achaca a la ACB el agravio al Fuenlabrada
Argumenta que se cumple la normativa de competición


Faltan cinco días para saber qué ocho equipos disputan la próxima Copa del Rey. Faltan tres plazas aún por completar, dos por méritos deportivos (Unicaja Málaga, Akasvayu Girona y Alta Gestión Fuenlabrada, aspirantes) y una por invitación (Real Madrid o Adecco Estudiantes). Y falta por ver si el Fuenlabrada se clasifica o se queda fuera por lo que el club entiende "un agravio" respecto a sus vecinos de comunidad.
Ayer, en estas mismas páginas, Juan Antonio Jiménez, presidente del Fuenlabrada, pedía explicaciones a la ACB y la Comunidad de Madrid por negarles la posibilidad de jugar la Copa como "equipo invitado". Pues bien, ACB y CAM esgrimen la normativa vigente para justificar por qué sólo Real Madrid y Estudiantes optan a dicha plaza.
No admite duda.
Según ambos organismos, el artículo 25.1 no admite duda. En él se deja claro que será una "ciudad" la que acoja la Copa. En la CAM se guarda silencio hasta que se cierre el cupo de participantes, aunque se argumenta que no se puede ir "en contra de la reglamentación de una competición profesional". Ellos cumplen lo que dice la ACB. Es como si al Fuenlabrada le mandaran a llamar a otra puerta.
Lo que dice el reglamento
Noticias relacionadas
Capítulo 2. Copa de S.M. El Rey. Artículo 25.1. "El Campeonato de España, Copa de S.M. El Rey, lo disputarán ocho equipos que serán los siete mejores clasificados al final de la primera vuelta de la Liga Regular y el equipo ACB de la ciudad designada por la Asociación como sede para la celebración de la Copa. Si éste se hallara incluido entre los siete primeros, el derecho a acceder a esta competición corresponderá al octavo. Asimismo si la ciudad sede no mantuviera ningún equipo en la ACB, se clasificaría el octavo clasificado al final de la primera vuelta de la Liga regular".
Criterios especiales. Aprobados en Asamblea ACB. 25-11-05. "Madrid presenta una excepcionalidad: tiene 2 equipos representativos de la ciudad: Real Madrid y Adecco Estudiantes. La normativa ACB se aplicará íntegramente bajo estos criterios. a) La ACB no asigna específicamente la plaza de anfitrión a ninguno de los equipos. b) Los dos equipos jugarán la Copa si se clasifican por méritos deportivos. c) Si no se clasifica ninguno de los dos dentro de los ocho primeros, ostentará la octava plaza el mejor clasificado de los dos. d) De no clasificarse uno de los equipos por méritos deportivos, se le asignaría el derecho a la octava plaza".



