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Viviendas VPO: qué son, cuáles son los requisitos y cómo solicitar una Vivienda de Protección Oficial

Están destinadas a personas en situaciones de vulnerabilidad y las hay de distintos tipos: para arrendar o para adquirir.

ley vivienda
EFE

Una vivienda de protección oficial (VPO) es un tipo de construcción disponible a un precio más barato que el del mercado, dado que se destinan a personas en situaciones de vulnerabilidad. Una vez se adquiera una, el propietario deberá cumplir una serie de normas, que pasan por usar la casa con fines únicamente residenciales y como domicilio habitual. En caso de que quiera venderla, deberá esperar un número de años.

Las construcciones de estas características dependen de los planes de Vivienda de cada comunidad autónoma y las hay de distintos tipos: las que se destinar al arrendamiento o las que se construyen para compra de uso propio o venta.

Viviendas protegidas para compra o venta

  • Viviendas de precio limitado (VPPL): este tipo de construcciones pueden tener una superficie de hasta 150 metros cuadrados, que únicamente se podrán levantar sobre un suelo destinado a la vivienda social.
  • Viviendas con protección pública básica (VPPB): la superficie máxima desciende, en este caso, a los 110 metros cuadrados —a no ser que en ella vaya a habitar una familia numerosa, que, entonces, el máximo asciende hasta los 150 m2—. Estas seguirán bajo el régimen de protección durante 20 años, aunque el propietario podrá venderla antes de que pase dicho período de tiempo, pero a un precio más bajo que el máximo legal.

Requisitos para acceder

Los requisitos para poder acceder a este programa pasan, primero, por que el solicitante tenga la mayoría de edad y no tenga ya otra casa en propiedad o haya sido propietario de una VPO en el pasado. Asimismo, deberá estar inscrito en el registro de demandantes de este tipo de viviendas de su comunidad autónoma.

Además, para poder acceder a una residencia de protección oficial tampoco se pueden sobrepasar ciertos umbrales de renta ya establecidos, suele oscilar entre 2,5 y 5,5 veces el Indicador Anual Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Pero es un máximo que impone cada autonomía.

Viviendas protegidas para arrendamiento

  • Vivienda de Precio Tasado (VPT): son construcciones destinadas a ser compradas; sin embargo, se pueden arrendar bajo una serie de condiciones.
  • Vivienda de Integración Social (VIS): son residencias a las que únicamente pueden acceder personas que precisen protección social. Son viviendas de una superficie máxima de 130 m2 que no se pueden tener en propiedad, pero sí en alquiler.
  • Viviendas con protección pública para arrendamiento (VPPA): al igual que ocurría con las VPPB, son construcciones de un máximo de 110 m2, a no ser que sean para familias numerosas, que, entonces, su superficie podrá ser de hasta 150 m2. El acceso a estas residencias viene marcado por la renta anual que disponga la familia.

Requisitos para acceder

Para poder optar a una de estas viviendas se tiene que dar alguno de los escenarios que especificamos a continuación. El solicitante —que deberá ser mayor de edad, con nacionalidad española o residencia en el país permanente— no podrá tener en propiedad otro domicilio, ni ningún miembro de la misma familia, y sus ingresos no podrán ser tres veces superiores al IPREM.

También se puede optar a una de estas residencias si el solicitante no recibe ingresos o si está jubilado y debe afrontar unas deudas hipotecarias superiores a las de su prestación o si tiene hijos menores de edad a su cargo o si se trata de una familia monoparental. Otras circunstancias que también se tienen en cuenta es los casos de personas en situaciones de vulnerabilidad o si entre los miembros de la familia solicitante hay una víctima de violencia de género o si hay un miembro con una discapacidad igual o superior al 30%.