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AYUDAS Y SUBSIDIOS

RAI del SEPE: requisitos, cuánto sube, cuándo se cobra en 2024 y cómo solicitar

La Renta Activa de Inserción es una ayuda económica dirigida a personas desempleadas inscrita en el programa RAI. Se cobra el 80% del IPREM.

Entrada de unaa oficina del SEPE, a 2 de marzo de 2023, en Madrid (España). El número de parados registrados en las oficinas de los servicios públicos de empleo subió en 2.618 personas en febrero en relación al mes anterior (+0,09%) tras el fin de la campaña de rebajas e impulsado por el crecimiento del desempleo entre jóvenes, mujeres y extranjeros. Además, la contratación indefinida sube un 55,6% en el último año y supone el 45,4% del total, mientras que la temporal se reduce un 47,5%
02 MARZO 2023;DESEMPLEO;JÓVENES;MUJERES;EXTRANJEROS;FEBRERO;DESEMPLEO
Jesús Hellín   / Europa Press
02/03/2023
Jesús Hellín Europa Press

El año 2024 ha llegado con cambios. Por ejemplo, se han revalorizado las pensiones, ha subido el salario mínimo un 5% o se ha incrementado la cuantía del Ingreso Mínimo Vital. Por eso mismo, muchos ciudadanos se preguntan qué ha pasado con otros subsidios, como puede la RAI, la Renta Activa de Inserción.

Este subsidio es una ayuda económica que se reconoce a las personas desempleadas en el programa de Renta Activa de Inserción, a través del cual se llevan a cabo actuaciones encaminadas a incrementar las oportunidades de inserción en el mercado de trabajo.

Requisitos

Además de estar en este programa, hay que cumplir otra serie de requisitos:

  • Estar desempleado o desempleada e inscrito o inscrita como demandante de empleo, mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción de la prestación y suscribir el acuerdo de actividad.
  • Ser menor de 65 años.
  • No tener ingresos mensuales propios superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI) bruto, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  • Si tiene cónyuge y/o hijos o hijas menores de 26 años o mayores con discapacidad, o menores en acogida, únicamente se entenderá cumplido el requisito de carencia de rentas cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de su unidad familiar así constituida, incluyéndole a usted, dividida por el número de miembros que la componen, no supera el 75 % del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  • Pueden acceder a la RAI las víctimas de violencia de género, doméstica o sexual quienes tengan acreditada dicha condición ante la Administración competente, siempre que no hayan sido beneficiarias con anterioridad de tres programas, que no convivan con la persona agresora, que figuren inscritas como demandantes de empleo y que cumplan el requisito de carencia de rentas de la unidad familiar.
  • No haber sido beneficiario o beneficiaria de tres derechos al programa de renta activa de inserción anteriores.

Si se cumplen todos estos requisitos, se podría acceder a una prestación que tiene una duración de 11 meses. La cuantía de esta ayuda es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Como de momento en este 2024 no se han aprobado los Presupuestos Generales del Estado, el IPREM se mantiene en la misma cantidad que el pasado año.

Por tanto, dado que el IPREM está en 7.200 euros anuales (600 euros mensuales), quiere decir, que la cuantía a cobrar sería el 80%, 480 euros. El pago de la RAI se realizará en mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 de cada mes en la cuenta bancaria designada por el beneficiario.

Solicitud y documentación necesaria

La solicitud se podrá presentar a través de varios canales como la sede electrónica del SEPE, en una oficina de prestaciones con cita previa en la sede electrónica del SEPE, en cualquier oficina de registro público o a través de correo administrativo.

En cuanto a la documentación, esto será todo lo que necesites, aunque puedes consultar en este enlace todo la información necesaria ya que, en caso de una condición de persona con discapacidad, una personas trabajadora emigrante retornada o víctima de violencia de género o doméstica, se requerirá más documentación que la siguiente:

  • Modelo oficial de solicitud (disponible aquí).
  • Identificación de la persona solicitante y, en su caso del conyúge y/o de los hijos o hijas que conviven o están a su cargo y que figuran en la solicitud (bastará con la exhibición de los documentos). Para los españoles será válido el DNI o el pasaporte, para los nacionales de la Unión Europea tendrán que presentar el certificado de registro de ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, en el que consta el NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen. En caso de no ser nacional de la Unión Europea se pedirá la Tarjeta de Identidad de Extranjero o Extranjera (TIE) y el pasaporte.
  • Cualquier documento bancario en el que figure el número de cuenta de la que sea titular y donde desee percibir la prestación.
  • Libro de Familia o documento equivalente en el caso de extranjeros o extranjeras.
  • Si se lo piden en la oficina de empleo deberá entregar un justificante de rentas. Si alega como carga hijos o hijas mayores de 26 años con discapacidad, debe aportar un certificado de discapacidad y del grado reconocido expedido por el INSS, por el IMSERSO o por el organismo competente de la comunidad autónoma.

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