Nuevo permiso laboral para el cuidado de menores: requisitos, duración y qué pasa con la retribución
La duración del permiso para el cuidado de hijos e hijas no podrá exceder las ocho semanas, y “podrá disfrutarse a tiempo completo o parcial”.
El curso escolar 23-24 trae consigo novedades en lo que respecta al cuidado de los menores por parte de los padres. La aprobación del Real Decreto el pasado junio permite llevar a cabo la solicitud de un permiso laboral de hasta ocho semanas de duración.
La medida, impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 con el fin de conciliar la vida laboral y familiar en nuestro país, recoge diferentes requisitos que se deben cumplir para que este permiso sea concedido. El primero de ellos, la mencionada duración, que no podrá exceder los dos meses. Asimismo, los padres podrán disfrutar de él “a tiempo completo o parcial, conforme a lo establecido reglamentariamente”.
Sin retribución económica para los progenitores, la persona trabajadora será la responsable de especificar la fecha de inicio y fin del disfrute, debiendo comunicarlo a la empresa con una antelación de diez días o la concretada por los convenios colectivos, “teniendo en cuenta la situación de aquella y las necesidades organizativas de la empresa”, según recoge el punto siete del artículo 127 del Real Decreto 5/2023, de 28 de junio.
La ministra en funciones, Ione Belarra, habló así sobre este permiso el pasado mes de marzo. “Las temidas adaptaciones a las escuelas de educación infantil o los meses de julio”. Este permiso, según refleja el Real Decreto, constituye “un derecho individual de las personas progenitoras, adoptantes o acogedoras, hombres o mujeres, sin que pueda transferirse su ejercicio”. Es decir, el permiso es individual e intransferible.
También corresponde al beneficiado/a especificar la fecha del fin del disfrute, debiendo comunicarlo a la Administración con una antelación de quince días. Se debe realizar por semanas completas. Belarra aseguró meses atrás que España tiene una “emergencia” en este sentido. “Son muchas las madres y los padres que trabajan y cuidan, y cuidan y trabajan sintiendo que no llegan a todo y con una gran culpa”, dijo.
Los otros dos permisos incluidos en la Ley de Familias
Además de este, hay otros dos permisos incluidos en la Ley de Familias. res tipos de permisos laborales. El primer permiso, por causa de fuerza mayor y con una duración de cuatro días al año, se podrá disfrutar por horas. Belarra puso como ejemplo el siguiente escenario. “Por ejemplo, cuando te llaman del colegio porque el niño o niña se ha puesto enfermo”.
El segundo permiso tiene una duración de cinco días para casos de intervención quirúrgica o enfermedad grave de un familiar hasta segundo grado.