Sociedad

Le despiden de la peluquería, encuentra este error en el finiquito y acaba cobrando 6.000 euros de indemnización

El despido de la empleada no contempló la antigüedad de los dos años que había estado de baja, quitándole el derecho a indemnización.

SENTENCIA JUDIAL LEY JUICIO JUSTICIA
Design Pics | DiarioAS
Actualizado a

Una empleada esteticista descubrió que su antigüedad había sido calculada erróneamente tras un despido, y finalmente obtuvo la indemnización máxima gracias a la intervención del tribunal supremo francés, la Cour de cassation (Tribunal de Casación).

La historia se remonta a mayo de 2016, cuando la mujer fue contratada como esteticista. Poco después, su médico le concedió la baja por enfermedad, pero esta no guardaba relación con su actividad profesional. Esta baja se prolongó desde noviembre de 2016 hasta abril de 2019. En abril de 2019, fue despedida.

Fue en diciembre de 2023, cuando el Tribunal de Apelación de Aix-en-Provence declaró el despido como improcedente, lo que, de entrada, le otorgó el derecho a una indemnización conforme al baremo “Macron” previsto en el artículo L1253-3 del Código de Trabajo francés. Para que se aplique ese baremo, es necesario que el trabajador cuente al menos con un año de antigüedad. En empresas con menos de 11 empleados, la indemnización mínima es de medio mes de salario, pero en empresas con 11 empleados o más, asciende a un mes.

Sin embargo, la apelación había estimado que, debido a la larga baja por enfermedad (más de dos años), la trabajadora solo justificaba seis meses de antigüedad. Esto hizo que se le negara el derecho a la indemnización por despido improcedente. Ante ello, la empleada interpuso un recurso ante el Tribunal de Casación.

La disputa por la indemnización

El 1 de octubre 2025 el tribunal le dio la razón, anuló el cálculo de la antigüedad realizado por la corte de apelación y confirmó que los periodos de suspensión del contrato de trabajo, incluyendo la baja por enfermedad, no pueden deducirse de la antigüedad del trabajador.

Como resultado, la antigüedad reconocida para la trabajadora fue de 2 años y 10 meses, por lo que le correspondía una indemnización comprendida entre 0,5 y 3,5 meses de salario según el baremo. Finalmente, se le concedió la indemnización máxima: 3,5 meses de salario, equivalente a 5.989 euros.

Este fallo reitera que las bajas médicas forman parte de la antigüedad de los trabajadores, dotándoles del derecho a ciertas indemnizaciones.

Noticias relacionadas

No obstante, el abogado consultado por el medio francés Journaldunet, Xavier Berjot, recuerda que tener en cuenta la antigüedad no elimina otros posibles efectos de las ausencias prolongadas. Por ejemplo, en el cálculo de la indemnización legal de despido, el Tribunal de Casación admite que “ciertas ausencias pueden reducir la cuantía de la indemnización”.

¡Tus opiniones importan! Comenta en los artículos y suscríbete gratis a nuestra newsletter y a las alertas informativas en la App o el canal de WhatsApp. ¿Buscas licenciar contenido? Haz clic aquí

Etiquetado en:
Comentarios
Normas

Rellene su nombre y apellidos para comentar

Te recomendamos en Sociedad

Productos recomendados