NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

SOCIEDAD

Las razones por las que puedes dejar de cobrar el paro antes de tiempo

Estas son: porque su prestación se haya agotado por transcurso de la duración de la misma, por compensación de un cobro indebido, por el inicio de un procedimiento sancionador, por alguna causa de incompatibilidad...

Actualizado a
Las razones por las que puedes dejar de cobrar el paro antes de tiempo
Eduardo Parra Europa Press

Cuando una persona pierde su trabajo, puede cobrar la prestación contributiva por desempleo: el paro. Ahora bien, siempre que haya cotizado en la Seguridad Social el mínimo requerido. Además, debe cumplir una serie de obligaciones y requisitos como darse de alta como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Todos los desempleados que cobren esta prestación deben sellar una cartilla del paro. Se trata de una gestión muy sencilla que se puede hacer vía online, por teléfono o presencialmente. De no hacerlo, se arriesgan a recibir una sanción por parte del SEPE.

Procedimiento sancionador

No obstante, hay quienes por descuido, olvido o desconocimiento pasan por alto el trámite de sellar el paro, y esto puede llegar a suponer graves consecuencias para el desempleado si se hace de forma reiterada. Y es que, si una persona que cobre la prestación contributiva por desempleo se olvida de renovar la demanda y sellar el paro, puede perder la ayuda.

Más concretamente, el SEPE explica que “se iniciará un procedimiento sancionador por infracción leve que puede suponer la pérdida de un mes de prestación. Si no vuelve a renovarla por segunda vez, perderá tres meses. Si se repite una tercera vez, perderá seis meses, y si por cuarta vez no renueva, perderá la prestación.

Particularidades

En definitiva, aunque este descuido pueda considerarse una infracción leve, puede agravarse la falta si se deja de sellar el paro más de una vez. La renovación de la demanda por desempleo debe hacerse cada tres meses desde el momento en el que se aprobó por primera vez.

También el SEPE notifica al trabajador la fecha con el día exacto en el que debe sellar el paro, aunque lo cierto es que dicha duración se pueda ver incrementada en un tiempo determinado para no sufrir ninguna multa. Una vez han transcurrido esos tres meses, el tiempo de margen que el SEPE permite para sellar el paro es de 15 días hábiles.

Otras causas

Sin embargo, la persona en cuestión también puede dejar de percibir la prestación por desempleo por alguna de las siguientes causas:

  • Porque su prestación se haya agotado por transcurso de la duración de la misma.
  • Por compensación de un cobro indebido, es decir, si adeuda una cantidad al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
  • Por el inicio de un procedimiento sancionador. La propuesta de sanción que conlleva la suspensión de la prestación siempre se le comunicaría por correo certificado.
  • Por alguna causa de incompatibilidad: trabajo por cuenta propia o por cuenta ajena, reconocimiento de alguna pensión o prestación de carácter económico de la Seguridad Social.
  • Por tener una clave de impago en su prestación al no haber cobrado el mes anterior. En este caso, deberá acudir a su oficina de prestaciones, previa petición de cita en internet o llamando por teléfono.