La DGT establece los cambios en el carnet de conducir a partir de 65 años
“A partir de los 65 se aumenta la periodicidad con la que se debe renovar el permiso”, ha aclarado Tráfico en su sede electrónica.
Ponerse delante de un volante es una acción que, de no tomarse en serio, puede acarrear graves consecuencias tanto para nosotros como para las personas que van en otro vehículo. Por ello, hay que tener claro que conforme los años van pasando, las facultades a la hora de conducir como nuestra capacidad de reacción se van reduciendo y que hay que tomar más precauciones para que nuestra conducción no conlleve peligro alguno en la carretera.
¿Hay algún límite legal para conducir?
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha resuelto esta pregunta en su sede electrónica: “En nuestro país no existe límite de edad para seguir conduciendo, pero a partir de los 65 se aumenta la periodicidad con la que se debe renovar el permiso”.
Debido a estos hechos, han llamado a la responsabilidad a través de una reducción en el periodo de vigencia del permiso de conducción para así aumentar el número de revisiones médicas con el objeto de aumentar la seguridad vial.
¿Cuáles son estos periodos si tengo más de 65 años?
Para permisos de coches, motos o motocicletas (AM, A1, A2, A y B) el máximo será de 5 años.
Los permisos profesionales de conducción de autobuses y camiones (C, C1, D, D1, EC, EC1, ED, ED1) será de tres años.
¿Y los reconocimientos médicos?
La DGT ha aclarado que «el reconocimiento médico que se debe superar y los criterios a evaluar son los mismos para cualquier edad». Sin embargo, detectar una enfermedad o deficiencia que puede llegar a agravarse no significa que no se pueda renovar o expedir el permiso, pero sí que la validez del mismo durará menos tiempo.
Este trámite tendrá un coste de 24,58 € y será gratuito para mayores de 70 años.