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SOCIEDAD

Imputan a tres mandos del Ejército por el ahogamiento de dos soldados en Cerro Muriano

Las maniobras se produjeron sin apenas medidas de seguridad y los soldados tenían peso en las mochilas. El capitán al mando fue retirado del cargo 24 horas después.

Imputan a tres mandos del Ejército por el ahogamiento de dos soldados en Cerro Muriano
efe

El pasado 21 de diciembre el soldado Carlos León y el cabo Miguel Ángel Jiménez Andújar, en su sexta semana de instrucción como parte del Ejército de Tierra, morían ahogados en un ejercicio de “cruce de río”. Ambos, aparte de su equipamiento, llevaban una carga extra de tres kilos y medio en sus mochilas a modo de castigo. Hoy, el tribunal militar que investiga ambas muertes ha decidido imputar al capitán encargado de las maniobras y a un teniente y un sargento presentes durante las maniobras. Se les acusa de haber incurrido en un delito contra la eficacia del servicio, causando “grave daño en los medios o recursos de las Fuerzas Armadas o en las personas”. Las familias de ambos militares buscaban un juicio civil, y no militar, y una acusación por homicidio imprudente.

Mochilas de 12 kilogramos

Ambos soldados formaban parte de la Unidad de Preparación Básica, junto con otros 74 reclutas y, según el abogado de Carlos León, la mitad de ellos “cargaba desde dos semanas con lastres en su mochila como castigo por la mala ejecución de un ejercicio durante la instrucción previa”. La situación descrita por el abogado de lo que ocurrió en las maniobras resultaría ridícula, si no hubieran muerto dos personas. Lo ridículo se torna entonces trágico e indignante. Durante la maniobra, en la que además hubo varios desvanecimientos y soldados atendidos por hipotermia, “se vivió un descontrol”, según el letrado. También se cita al informe de la Guardia Civil, según el cual la mochila de Carlos León pesaba 12 kilogramos, “además del peso de las botas, el uniforme, el casco y el fusil”, recuerda el abogado.

Temperatura de 4 grados

El capitán jefe de la compañía llevaba varios días amenazando a sus soldados y diciéndoles que se iban “a mojar”. Ignorantes de lo que les esperaba, la tropa fue despertada a las 6 de la mañana y tras efectuar varios ejercicios sin luz les obligó a meterse en el embalse. La temperatura en ese momento era de 4 grados. La línea de vida, un sistema de cordaje que se utiliza en este tipo de ejercicios para evitar ahogamientos, era una cuerda atada a dos árboles a ambos lados del embalse. Según declaraciones del abogado de Carlos León, cuando los soldados intentaron agarrarse a la cuerda, los militares insistían en que usaran las mochilas como flotador, sin embargo, estas se habían llenado de agua, dificultando aún más la maniobra. Según declaraciones de un militar recogidas por The Objective: “a la mitad de recorrido muchos estaban pidiendo auxilio”.

Capitán apartado

El capitán, al que algunos de los soldados que participaron en el ejercicio se refieren en varios mensajes de WhatsApp como “un loco hijo de puta”, fue apartado del mando 24 horas después por orden del jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra. El abogado insiste en que de no ser por los compañeros que se encontraban cerca de la zona y que acudieron a socorrer a los que formaban parte del ejercicio, la tragedia podría haber sido mucho mayor. Ha sido finalmente el Tribunal Togado Militar 21 de Sevilla el que ha imputado a los tres militares de rango superior que se encontraban supervisando las maniobras, a pesar de que las familias de ambos rechazan que la Justicia Militar lleve el caso.

Fue el propio Militar 21 de Sevilla el que pidió al juzgado de Instrucción 4 de Córdoba que se inhibiera del caso. El juez acabó dándole la razón a la Fiscalía, que defendía que la competencia sobre el caso corresponde a la jurisdicción militar, en lugar de a la ordinaria. En el Código Penal Militar no está tipificado el delito de homicidio con dolo eventual (el sujeto no tiene intención explícita de matar, pero sabe que sus acciones podrían provocar la muerte de una persona) y las penas por homicidio imprudente son hasta 10 años más bajas que las que aplica el Código Penal común.

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