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El TJUE lo confirma: el tiempo de viaje se considera trabajo y sienta un importante precedente

El fallo de la máxima instancia judicial de la UE recoge también que ese tiempo debe ser remunerado, e incluye tanto el viaje de ida como el de regreso.

El TJUE lo confirma: el tiempo de viaje se considera trabajo y sienta un importante precedente
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Alejandro Cañas
Redactor de la sección de Actualidad
Redactor de Actualidad desde octubre de 2021 hasta hoy. Entró en Diario AS en 2019 como becario. Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense.
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó doctrina al establecer que el tiempo de viaje debe computarse como tiempo de trabajo efectivo. A través de este fallo, la máxima instancia judicial de la UE sentó un importante precedente en materia de jornada laboral.

Una sentencia que abarca tanto el desplazamiento de ida hacia el lugar en el que se deben desarrollar las tareas como el de vuelta al centro de trabajo. Además, no solo significa que ese tiempo deba registrarse como tiempo de trabajo, sino también que debe ser remunerado, al considerar que el empleado está a disposición de la empresa.

En este caso, el TJUE consultó la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, para fundamentar su decisión. Una normativa que establece las normas y derechos básicos para proteger la salud y seguridad de los trabajadores. En su artículo 2, define de esta manera lo que se considera como tiempo de trabajo.

Vinculante para toda la UE

Todo período durante el cual el trabajador permanezca en el trabajo, a disposición del empresario y en ejercicio de su actividad o de sus funciones, de conformidad con las legislaciones y/o prácticas nacionales”. Mientras tanto, considera como período de descanso todo aquel período que no se considere como tiempo de trabajo.

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Para fijar doctrina, el TJUE tomó como referencia una cuestión planteada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TJCV), con lo trabajadores de una empresa que debían realizar desplazamientos de trabajo desde un punto base en vehículo de empresa. Finalmente, el TJUE ha fijado una doctrina vinculante para toda la Unión Europea.

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