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SOCIEDAD

Despido procedente para cualquier empleado que hurte artículos en el trabajo sin importar su valor

El Tribunal Supremo manifestó que dicho despido está justificado por la pérdida de confianza y trasgresión de la buena fe.

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Despido procedente para cualquier empleado que hurte artículos en el trabajo sin importar su valor
Pixabay

El Tribunal Supremo dictaminó que el despido para aquellos empleados que hurten artículos en el trabajo, independientemente del valor que tengan y del perjuicio económico que pueda suponer para su empresa el robo, será declarado como procedente.

De este modo, el Alto Tribunal justificó esta medida en la “pérdida de confianza y trasgresión de la buena fe”. La decisión llega después de que la trabajadora de un supermercado fuera despedida, tras descubrir la propia cadena que esta dejó de pagar varios productos cuyo valor total era inferior a seis euros. Según el fallo recogido por el portal Economist Jurist, además del perjuicio económico, los magistrados hicieron alusión a que “compromete además la situación personal de los trabajadores que prestan servicio”.

Concretamente, la sentencia recoge que la empresa rescindió el contrato de esta empleada basándose en el punto D del artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores, así como en los apartados 2 y 13 del convenio colectivo de la empresa. En el año 2013, la mencionada web recoge el caso de otro despido procedente dictado por la Sala de lo Social del TSJ de Madrid de una empleada de la misma cadena por los mismos motivos y con un importe similar.

El propio Estatuto de los Trabajadores recoge en el artículo 54 que la transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo, se considerarán “incumplimientos contractuales”. Una razón por la cual el contrato de trabajo podría extinguirse por decisión del empresario, mediante un despido basado en un incumplimiento grave del trabajador.

Despido de un vigilante de seguridad en 2022

Sin ir más lejos, el año pasado, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León declaró procedente el despido de un vigilante de seguridad que prestaba su servicio en un supermercado, en el que robó una mascarilla y un paraguas. El fallo consideró que, pese al escaso valor de los productos hurtados, el trabajador “había abusado de la confianza que la empresa tenía en él”.

El despido procedente es aquel que un juez considera que se ha ejecutado de manera correcta. Solo se podrá determinar si un despido es procedente en el caso de que el trabajador lo impugne ante los tribunales, un trámite que el empleado deberá realizar en el plazo máximo de 20 días hábiles desde la comunicación del despido.