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SOCIEDAD

Deniegan la expulsión a su país al cerebro del robo de las botellas de Atrio

La Audiencia Provincial de Cáceres considera que el delito “no conduce a calificar al solicitante de amenaza grave”, requisito necesario para la expulsión.

Los dos acusados vistos desde una pantalla de la sala de prensa durante una vista oral del juicio por el robo de las botellas de Atrio, en la Audiencia Provincial, a 1 de marzo de 2023, en Cáceres, Extremadura (España). El juicio concluye hoy sus tres jornadas con las declaraciones de los cuatro peritos que están llamados a declarar, además de las conclusiones de la fiscal, la acusación particular y la abogada defensora de los acusados. La Fiscalía pide cuatro años y seis meses de cárcel para los dos detenidos por robar 45 botellas de vino de la bodega del restaurante hotel Atrio. Dumitru y Guevara están en prisión desde su arresto el pasado mes de julio
01 MARZO 2023;CÁCERES;EXTREMADURA;JUICIO ROBO BOTELLAS DE ATRIO
Carlos Criado / Europa Press
01/03/2023
Carlos Criado Europa Press

La Audiencia Provincial de Cáceres ha resuelto de forma diferente el recurso de la pareja que robó 45 botellas del restaurante Atrio en 2021 valoradas en 1,6 millones de euros. Los condenados, la mexicana Priscila Lara Guevara y el rumano-holandés Constantin Gabriel Dimitri pidieron cambiar lo que les quedaba de prisión a cambio de ser expulsados de España.

La Audiencia provincial ha admitido la petición de la mexicana, a la que todavía le quedaban dos años de prisión, a cambio de que no vuelva a pisar territorio español en los próximos siete años. Sin embargo, ha rechazado la misma solicitud de Constantin, considerado la persona que ideó el robo.

La Sala niega la petición al varón “al considerar que no cumple con lo exigido en el artículo 89 del Código Penal de aplicación a ciudadanos de la Unión Europea”. Por ello, aplica el artículo 89.4 del Código Penal, que recoge que “la expulsión de un ciudadano de la Unión Europea solamente procede cuando represente una amenaza grave para el orden público o la seguridad pública en atención a la naturaleza, circunstancias y gravedad del delito cometido, sus antecedentes y circunstancias personales”.

“El delito por el que se le impone la pena que pretende sustituir es un delito contra el patrimonio que, sin perjuicio de la relevancia mediática que se le haya podido dar, lo cierto es que en sí mismo no conduce a calificar al solicitante de amenaza grave para el orden público o la seguridad pública, en los términos que exige el precepto, ni siquiera puesto en relación con el resto de la actividad delictiva que consta en su hoja histórico penal, constituida, en su mayor parte, por simples delitos leves contra el patrimonio (hurtos)”.

Según recoge El Mundo, para aprobar la expulsión de España también se tienen en cuenta “el arraigo en España de la persona condenada”. Priscila Lara Guevara no tiene familia en España y su único vínculo es con su novio Constantin. El condenado, por el contrario, llevaba años viviendo en nuestro país, tiene casa en Madrid e incluso hijos que vivían en la capital.

El pasado mes de julio, Constantin afirmó que ya había firmado un contrato con una productora para la realización de una serie de televisión. También aseguró que el robo no fue un hurto con fuerza, “sino un delito de hurto”, y que por ello ya no debía “Estar en la cárcel”. “Nosotros no hemos negado nunca si estuvimos o no, pero obviamente, si se te acusa de un delito de robo con fuerza, tienes que defenderte y ha sido prácticamente imposible”, explicó. Mientras tanto, las botellas robadas siguen sin aparecer.

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