¿Cuánto es el máximo de días seguidos que se puede trabajar según la ley en España?
En términos generales, se podría decir que doce son los días que se puede trabajar seguidos como máximo respetando, en todo caso, las horas de descanso diario.
Teleoperadores, sanitarios, periodistas, hosteleros o personal de residencias. Lo cierto es que hay muchas profesiones cuyo descanso semanal no siempre coincide con el sábado y el domingo. Como resultado, los días de trabajo seguidos superan fácilmente los seis o siete días.
En este contexto, es conveniente señalar que el Estatuto de los Trabajadores (ET), ley máxima de referencia en materia laboral en España, establece en su artículo 37 que todos los trabajadores tienen derecho a un día y medio de descanso por cada siete días trabajados.
Aspectos a tener en cuenta
Sin embargo, estos descansos pueden disfrutarse dentro de un plazo de catorce días. Es decir, podrías trabajar un lunes y no volver a librar hasta once días después. Incluso puede que doce si los medios días los consideramos separados, lo cual no haría una jornada completa, pero sí la obligación de acudir al trabajo.
En paralelo, el ET establece el mínimo obligatorio de descanso semanal (acumulable), pero los convenios colectivos de cada sector suelen mejorar estas condiciones. Es el caso del convenio de telemarketing, cuyas libranzas pueden acumularse por periodos de hasta catorce días, dentro de los cuales siempre hay un descanso mínimo de tres días.
Particularidades
En este convenio, sí que se establece un límite máximo de trabajo sin descanso, el cual se fija en ocho días. Otro ejemplo de profesionales que no descansan obligatoriamente durante el fin de semana se encuentra entre los asistentes de residencias y centros de día para mayores.
En el convenio colectivo para la Comunidad de Madrid, los trabajadores tienen derecho a un descanso semanal mínimo de un día y medio (36 horas) sin interrupción. Dicho descanso debe coincidir obligatoriamente en domingo, al menos una vez cada ocho meses.
Un hecho que marcó un antes y un después
Cabe destacar que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunció a favor de la empresa, con relación a una duda planteada por la Audiencia de Oporto (Portugal). Y es que solicitó aclarar la aplicación de la norma en el caso de un empleado de un casino, que reclamó que le fueran abonadas como horas extras aquellas que trabajó, excediendo el tiempo máximo de días consecutivos trabajados.
La Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo determina que los trabajadores tienen derecho a veinticuatro horas de descanso continuado, además de las once horas de descanso diario por cada periodo de siete días. El abogado encargado de resolver la consulta alega que se puede trabajar hasta un máximo de doce días seguidos.
¿El motivo? El derecho a veinticuatro horas de descanso por cada siete días trabajados no obliga a concederlos dentro de la misma semana, sino que pueden asignarse dentro del período de siete días. De este modo, se podría librar un lunes y en la semana siguiente librar un domingo, por lo que podrían trabajarse hasta doce días consecutivos.
Con todo ello, la sala europea no obliga a contemplar estrictamente sus disposiciones, ya que entiende que la salud del trabajador debe protegerse de forma eficaz y es flexible a las mejoras que pudiera albergar cada país a este respecto. Por tanto, se podría decir que doce son los días que se puede trabajar seguidos como máximo respetando, en todo caso, las horas de descanso diario.