¿Por qué se reducen las condenas en la ley de ‘Sólo sí es sí’?
El Congreso celebra este martes 7 de marzo el debate de la reforma de la ley que ha dividido a PSOE y Unidas Podemos.
Este martes se celebra en el Congreso el debate sobre la reforma de la ley del ‘sí es sí', una iniciativa que ha dividido a los aliados del Gobierno. Los diputados de la cámara votarán la reforma elaborada por el PSOE, cuya secretaria de Igualdad en la Comisión Ejecutiva Federal, Andrea Fernández, ha abierto la sesión increpando a sus socios: “Estamos cansadas de sus peroratas, señorías de Unidas Podemos”. “La ley no está funcionando adecuadamente y hay que modificarla [...] La mejor forma de legitimar esta norma es apostar por corregir aquellos errores que evidentemente contiene”, ha señalado la diputada.
Por otro lado, la ministra de Igualdad, Irene Montero, ha acusado al partido socialista de “darse de la mano del PP”, lo que considera “una mala noticia para las mujeres de este país”. “Estoy en contra, creo que el consentimiento tiene que seguir en el centro del Código Penal y para eso voy a trabajar, he trabajado muy duro estas semanas, y voy a seguir trabajando”, ha señalado la ministra. Previsiblemente, la reforma saldrá adelante con los votos a favor o abstenciones de PP y Vox. Para Unidas Podemos, la propuesta socialista resta importancia al consentimiento en las relaciones sexuales, algo que desde el partido liderado por Pedro Sánchez han negado de forma constante. Ahí radica la división entre ambas formaciones.
La ley del ‘si es sí’ califica de violación cualquier relación sexual no consentida y fue impulsada tras el polémico caso de La Manada, en el que cinco hombres violaron a una joven de 18 años en los Sanfermines, pero recibieron una condena menor por delito de abuso sexual. Tras su aprobación, los jueces advirtieron que las condenas por delitos sexuales en España podrían rebajarse, un hecho que ya se ha materializado en algunos casos.
¿Por qué se rebajan algunas condenas?
La ley entró en vigor el pasado 7 de octubre con la reforma del Código Penal en delitos contra la libertad sexual, pero España quiere revisar la ley para ofrecer más protección a las víctimas de delitos sexuales después de que se hayan reducido algunas penas de prisión debido a una pequeña laguna en la legislación. ¿Por qué se rebajan las condenas?
Cuando la ley entró en vigor dos conceptos se fundieron en uno solo. Lo que antes eran agresiones y abusos sexuales, ahora se engloban en agresiones sexuales, que contempla penas más elevadas.
Ahora bien, la nueva ley en vigor, que puede ser revocada esta tarde, rebaja las penas mínimas. La horquilla por violación es de 4 a 12 años, antes del ‘sí es sí’ era de 6 a 12. Si la víctima es menor, ahora la pena es de 6 a 12 años, cuando antes era de 8 a 12. Los abogados de los delincuentes sexuales intentan aprovechar esta laguna y rebajar las condenas de sus clientes, porque las mínimas son más bajas.
Las primeras rebajas de condenas en la ley ‘sí es sí’
Un ejemplo. En el primer caso en el que se rebajó la pena en España, un hombre que abusó de su hijastra de 13 años fue condenado con la mínima pena para el delito de abuso sexual, es decir, ocho años de cárcel. Cuando entró en vigor la nueva ley, el abogado pidió el cambio al nuevo mínimo establecido, lo que ha reducido su condena dos años y solo tendrá que pasar en prisión seis años.
En España existen otros casos. En uno de ellos, los jueces rebajan la pena de más de seis años a poco más de uno a un hombre que abusó sexualmente de tres menores. La justificación de los jueces, según recogía Cadena Ser, es que “acuerdan dejar sin efecto el abuso sexual continuado al no ser constitutivo de delito con la nueva normativa”. El segundo caso rebaja de seis a cuatro años la pena de prisión a un hombre por agresión sexual porque, según los magistrados, la nueva ley favorece al reo, es decir, al culpable.
Antes de que esto ocurriese, el Consejo General del Poder Judicial había advertido que las penas podrían rebajarse. ¿Nadie pudo preverlo? El magistrado penal Joaquim Bosch ha respondido a la pregunta en Hora 25. “La ley se podría haber redactado de muchas formas”, señala, pero su impresión es que “los impulsores de la nueva legislación pensaban que esto no podía pasar porque apostaban por una interpretación del Código Penal”. “Se optó por la interpretación de la disposición transitoria que aprobó el Código Penal a pesar de que es cierto que ya había juristas que consideraban que era aplicable automáticamente la norma en abstracto más favorable que llevaba a las posibles revisiones”, explica.
“La posibilidad de rebajar penas se debe a un error de bulto del legislador, que olvidó incluir la habitual Disposición Transitoria que limite los casos de posible revisión de condenas”, ha explicado en Twitter José María de Pablo, abogado penalista y profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Navarra.
¿Soluciones?
¿Qué posibles soluciones hay? “Hace falta una instrucción que unifique el criterio. Y, sobre todo, lo más importante es que espero que el Tribunal Supremo, en los próximos meses, unifique la doctrina sobre esta cuestión y dé una visión jurídica única”, indica Bosch. “No es lo mismo el caso del profesor, que es un caso de un delito de la libertad sexual de adolescentes entre 16 y 18 años, que la nueva reforma trata esto de forma distinta, que el caso del padre que habría agredido a la hijastra a través de una agresión sexual. Cada caso es distinto, pero sí que es cierto que hay una interpretación posible de la reforma que lleva a estas rebajas de pena y algunas puestas en libertad”.
“Yo creo que el tema es discutible jurídicamente. Sin duda nuestra adjudicatura debe hacer autocrítica en muchas cosas. Creo que hace falta incorporar más perspectiva de género. Tenemos precedentes de resoluciones judiciales que han perjudicado a las víctimas, pero creo que en este caso hay más una cuestión de interpretación jurídica de cuál es la norma más favorable”, concluye el magistrado.