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Por qué es importante la barrera de los 15 años cotizados para cobrar una pensión de jubilación

Para poder optar a la pensión hay que cotizar mínimo 15 años, a partir de los cuales, por cada mes completo, aumentará la cuantía un pequeño porcentaje.

Unos ancianos conversan en el paseo de la Concha de San Sebastián.
Juan HerreroEFE

La Seguridad Social ofrece la pensión de jubilación para cubrir la pérdida de ingresos que sufre el trabajador cuando finaliza su vida laboral. Para 2021, la edad de jubilación es de 65 años si se han cotizado 37 años y tres meses o más, y 66 años si se han cotizado menos de 37 años y tres meses. Sin embargo, estas cifras irán aumentando con el objetivo de que en 2027 los trabajadores con 38 años y seis meses trabajados o más tengan una edad de jubilación de 67 años.

Para saber qué pensión recibirá cada persona se debe tener en cuenta la base reguladora, que a día de hoy se calcula sumando las bases de cotización de los últimos 24 años (288 meses) y dividiéndolas por un divisor de 336. Sin embargo, en 2022 pasarán a contar las bases reguladoras de los últimos 25 años (los últimos 300 meses) y se les aplicará un divisor de 350.

¿Cuántos años tengo que cotizar para recibirla?

En cualquier caso, para tener derecho a la pensión de jubilación hay que tener cotizados, como mínimo, 15 años. En este caso, se aplica un 50% de la base reguladora. A partir del año 16, por cada mes extra completo de trabajo, y hasta los primeros 106, se da un 0,21% más de base reguladora. A partir del 107, y hasta el 252, se otorga al trabajador un 0,19% de la base reguladora, de forma que para poder cobrar el 100% de la pensión se necesitan al menos 36 años trabajados.

Hasta 2019, existía una excepción por la que algunos trabajadores a tiempo parcial podían tener derecho a la pensión de jubilación, aunque no llegaran a los 15 años cotizados, dado que se valoraban especialmente las cotizaciones realizadas mediante mecanismos correctores. Sin embargo, esta posibilidad quedó eliminada con la Sentencia de Tribunal Supremo 91/2019, que establecía la inconstitucionalidad y nulidad de la norma reguladora de la cuantía de la pensión de jubilación para estos empleados, en concreto, la aplicación del denominado “coeficiente de parcialidad”, por considerar que vulnera el principio de igualdad.

¿Cómo pedir la pensión?

Las restricciones por la pandemia de coronavirus han limitado la atención presencial para las citas previamente concertadas en los Centros de Atención e Información del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Para conseguir cita previa, existen dos opciones: por teléfono o por medios telemáticos.

Los ciudadanos que lo prefieran pueden pedir cita previa en los teléfonos 91 541 25 30 y 901 10 65 70 de la Seguridad Social, con un servicio 24 horas de lunes a domingo, de forma ininterrumpida. Durante la llamada, el ciudadano deberá informar de qué trámite desea hacer, decir su código postal para citarle en la oficina más cercana a su domicilio y dictar su DNI. Con estos datos, el sistema y el interesado podrán cuadrar la fecha más conveniente.

Para pedir la cita previa por internet, deberá entrar en la web de la Seguridad Social en su Sede Electrónica con o sin certificado digital, Cl@ve PIN o usuario + contraseña. En este caso, sistema le pedirá nombre y apellidos, DNI y número de teléfono móvil. Con los datos identificativos ya introducidos, elegirá la fecha que prefiera.

No obstante, también existe la posibilidad de presentar la solicitud por internet. Para ello, habrá de identificarse en ‘Tu Seguridad Social’, en el apartado ‘Trabajo’, y pulsar en ‘Pedir tu jubilación’. A continuación, deberá aportar la información requerida.