Golpe al Plan Nacional Antitabaco
Un informe de la CNMC cuestiona el impacto en la “libre competencia” del Proyecto de Real Decreto del Plan Nacional de Prevención y Control del Tabaquismo.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido un informe sobre el proyecto de Real Decreto del Plan Nacional de Prevención y Control del Tabaquismo, el cual considera que restringe ciertas libertades a la competencia. La CNMC comparte “plenamente el objetivo de proteger la salud y prevenir el tabaquismo”, pero ha detectado en el Plan obstáculos para el libre comercio y a la libertad de empresa.
El proyecto de real decreto introduce dos novedades: un etiquetado genérico en productos del sector del tabaco (para que no sea atractivo al ojo del consumidor e incite a comprarlo) y la prohibición de sabores y aromatizantes que también hacen más atractivos estos productos. La CNMC asegura que, aunque algunas de estas medidas se han utilizado en otros países, no “se ha proporcionado evidencia empírica que demuestre su adaptación a los principios de buena regulación”.
La CNMC cree que no hay justificación objetiva para prohibir las bolsas de nicotina con más de 0,99 mg por unidad y que la medida prohíbe de facto la comercialización de productos permitidos en otros países de la Unión Europea. Además, critica que no se han considerado alternativas regulatorias menos dañinas para la competencia y cuestiona la restricción de sabores y aromatizantes en cigarrillos electrónicos y bolsas de nicotina, argumentando que no se ha proporcionado evidencia empírica.
#PromoCompetencia| La CNMC comparte la necesidad de prevención, pero recomienda reforzar la evidencia empírica de ciertas medidas antitabaco.
— CNMC (@CNMC_ES) April 10, 2025
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El informe también destaca la necesidad de evaluar si es oportuno introducir estos cambios antes de que finalice la revisión de la normativa europea, ya que podría divergir de la futura regulación comunitaria. En conclusión, la CNMC cree que las restricciones deben ajustarse a esos principios de “buena regulación”, como la necesidad, proporcionalidad y la no discriminación, siempre amparándose en “una norma con rango de ley”. Por ello, la Comisión indica que el Plan no se sustenta en razones “debidamente identificadas y acreditadas”.
La CNMC asegura en su informe que puede actuar de oficio de acuerdo con el artículo 5.1.h de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, o a petición de las Cámaras, el Gobierno, las autonomías y otras autoridades.
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Recomendaciones de la CNMC:
- Las restricciones deberían ajustarse a los principios de buena regulación (necesidad, proporcionalidad, no discriminación…) y sustentarse en razones de interés general debidamente identificadas y acreditadas.
- Dado que las restricciones afectan a la libertad de empresa, deberían estar respaldadas en una norma con rango de ley. Se sugiere una reforma legal que ofrezca un respaldo indubitado a las medidas planteadas para los nuevos productos.
- En cuanto al etiquetado genérico, la prohibición de sabores y aromas y la de comercializar bolsas de nicotina (+0,99 mg/sobre), deberían ofrecerse evidencias empíricas para acreditar que se ajustan a los principios de buena regulación.
- Se recomienda justificar adecuadamente que el periodo transitorio (entre 10 y 12 meses) es suficiente para que el sector se adapte a la norma.
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