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ELECCIONES EUROPEAS 9J

El dinero que se cobrará por estar en una mesa electoral en las elecciones europeas del 9J

Te contamos cuánto se cobra por estar en la mesa electoral el 9 de junio, cuándo se paga la dieta y cómo se abona si eres presidente o vocal el 9J en las elecciones europeas.

El dinero que se cobrará por estar en una mesa electoral en las elecciones europeas del 9J
EUROPA PRESS - ArchivoEUROPA PRESS

Las elecciones están marcando el 2024. Tras los comicios celebrados en Galicia, País Vasco y Cataluña, llega la última (de momento) cita electoral: las elecciones europeas del 9 de junio. Un evento que llega tras cuatro años y en el que hemos vivido una pandemia, la guerra entre Rusia y Ucrania, la explosión del conflicto en Oriente Medio e incluso un volcán en La Palma.

¿Cuánto se cobra por estar en la mesa electoral?

Como decimos, nadie elige ser presidente o vocal de una mesa electoral, sino que es nombrado al azar. Eso sí, se trata de un trabajo remunerado. Un sueldo que además aumentó en 2023. Según una orden ministerial publicada en el Boletín Oficial del Estado, las personas a las que toque estar en una mesa electoral cobrarán una dieta de 70 euros. .

Según explica el Gobierno, este aumento se debe a la “conveniencia de adaptar a la situación económica actual la compensación a percibir por los ciudadanos elegidos para participar como miembros de mesa en los procesos electorales que se celebren”.

¿Cobra lo mismo un presidente de Mesa que un vocal?

Sí, en ambos casos se cobra lo mismo. En el caso de los presidentes de Mesa y vocales se cobra 70 euros por la jornada electoral. Los suplentes, en un principio, no cobrarán nada, salvo que finalmente tengan que quedarse en la mesa electoral al no presentarse alguno de los titulares.

Dieta por jornada, no por elecciones celebradas

El Gobierno también aclara que la cantidad de 70 euros se percibirá independientemente de la cantidad de los procesos electorales que se celebren ese día.

¿Cómo se cobra y qué pasa con las retenciones del IRPF?

Los ciudadanos que compongan una Mesa electoral, ya sean presidentes o vocales, deben saber que este ingreso, que se percibirá en los días siguientes al 9 de junio está exento de retenciones por parte de la Agencia Tributaria.

¿Cómo se forman las mesas electorales?

Hay que recordar que los ciudadanos que conforman las mesas electorales son elegidos por los ayuntamientos, bajo la supervisión de las juntas electorales. Unas semanas antes, en cada municipio se celebra un Pleno municipal extraordinario en el que mediante un sorteo público y aleatorio un programa informático designa las personas que tendrán que integrar las mesas electorales en la próxima cita electoral.

El sorteo elige tres miembros para cada mesa electoral, un presidente y dos vocales. Además, se eligen dos suplentes para los presidentes y cuatro suplentes para los vocales (dos para cada uno de los vocales). Los elegidos serán avisados mediante carta certificada enviada a su domicilio.

Acudir a la llamada para ser miembro de las mesas electorales es una obligación para los ciudadanos elegidos. El artículo 143 del Régimen Electoral General establece que “el presidente y los vocales de las mesas electorales así como sus respectivos suplentes que dejen de concurrir o desempeñar sus funciones, las abandonen sin causa legítima o incumplan sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso previo que les impone esta Ley, incurrirán en la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses”.