Multas de 70.000 euros por entregar el paquete a otra persona
La Agencia Española de Protección de Datos multa a la empresa UPS después de que un repartido dejara un envío en casa de otro vecino.
Es una situación que se repite prácticamente a diario en cualquier lugar del mundo. Los confinamientos en los primeros meses de pandemia dispararon una práctica que ya se venía extendiendo en los últimos años, como son las compras por internet. La facilidad de elegir un producto, comprarlo y tenerlo en casa en cuestión de días sin moverse de nuestro hogar invita a muchos a apostar por esta forma de compra. Pero hay ocasiones en las que, cuando llega el producto, no estamos en ella por cualquier motivo.
Si bien muchas compañías ofrecen flexibilidad a la hora de la entrega, con el fin de poder estar disponible en caso de trabajar, hay veces que no es posible estar presente. Y, en muchos casos, desde el servicio de mensajería optan por buscar a un vecino cercano, o al conserje en caso de vivir en una comunidad, para que recoja el envío. Una práctica que podría llegar a su fin tras la multa de 70.000 euros impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a la empresa UPS.
Una sanción que llega tras la denuncia de un usuario a MediaMarkt, con la queja de que un repartidor de la citada empresa había decidido, sin contacto previo con él, dejar el paquete a otra persona, según se manifiesta en la resolución de la AEPD. De esta forma, la agencia de protección de datos multó a UPS con un total de 70.000 euros por el incumplimiento de dos artículos (5.1 f y 32) del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La multa se reparte en dos sanciones de 50.000 y 20.000 euros, pues fueron dos envíos los entregados a otros vecinos diferente al cliente.
Algo que es una “práctica muy común entre los repartidores” cuando llegan a una casa y no hay nadie para abrir la puerta. El objetivo es agilizar los envíos y así no tener que intentar hacer la entrega en dos ocasiones. En ese caso, siempre se debe poner en conocimiento al cliente si se deja en casa de otro vecino o en un comercio cercano vinculado a los repartos.
Respuesta de UPS
Desde la compañía multada recuerdan que sus condiciones generales contemplan dicha posibilidad. Y, en todo caso, apuntan que debía ser MediaMarkt la encargada de indicar al cliente la modalidad de entrega de la mercancía. “UPS puede entregar un envío al destinatario que figura en la Carta de Porte o a cualquier otra persona que parezca estar autorizada para aceptar la entrega del envío en nombre del destinatario (como personas del mismo edificio o vecinos)”, defienden.
De acuerdo con estas condiciones, el paquete puede ser depositado en el buzón o, en su defecto, entregado al vecino “salvo que el remitente haya excluido esta opción de entrega mediante la elección del servicio adicional aplicable. El destinatario será informado de cualquier entrega alternativa mediante nota dejada en su establecimiento o domicilio”. Se establece de esta forma un precedente y un aviso para las compañías, que no deberán asumir la existencia de relaciones de confianza entre vecinos.