Modelo 347 AEAT: qué operaciones se declaran, quiénes están obligados a presentarlo y fecha límite
Lo deben presentar las personas físicas y jurídicas que en el desarrollo de sus actividades facturan por un importe superior a los 3.005,06 euros.
El modelo 347 de la Agencia Tributaria es una declaración informativa anual que tienen obligación de presentar todas las personas físicas y jurídicas, que en el desarrollo de sus actividades personales o profesionales, facturan operaciones por un importe superior a los 3.005,06 euros.
¿Quiénes deben presentarlo?
Tanto clientes como proveedores deben presentarlo para que la administración pueda realizar el cruce de datos correspondiente. Una vez efectuado, se determinará la correlación entre las operaciones declaradas, aunque pueden existir diferencias en caso de que no coincidan los periodos trimestrales de emisión.
Las operaciones que se declaran
Entre las operaciones declarables, se encuentran las siguientes:
- Entregas y adquisiciones de bienes y servicios, tanto las sujetas y no exentas del IVA como las no sujetas o las exentas de dicho impuesto
- Operaciones inmobiliarias
- Subvenciones y ayudas no reembolsables
- Operaciones de entidades aseguradoras
- Anticipos de clientes y proveedores
- Arrendamientos no sujetos a retención.
Plazo de presentación
La fecha oficial para poder entregar en la Agencia Tributaria este formulario transcurre desde el 1 de febrero hasta el 28 de febrero. Se debe hacer de forma telemática en la sede electrónica del organismo a través de certificado digital, DNI electrónico o clave PIN.