¿Me puedo desgravar un renting o leasing del coche en la Renta y en qué casilla se hace la deducción?
Los autónomos pueden desgravar las cuotas mensuales del leasing en la Renta, si justifican que la actividad del coche está asociada a su negocio.
El leasing de un vehículo es el contrato de arrendamiento por el cual se paga una cuota fija mensual con el derecho de ejercer la adquisición en propiedad del mismo al finalizar el contrato. Es un método muy habitual de las empresas para la financiación de activos fijos de gran coste.
Con respecto al pago de los impuestos, entre ellos el IRPF, se pueden aplicar ventajas fiscales para presentar la Declaración. En el caso de las personas físicas son los trabajadores autónomos quienes tienen acceso a dichos beneficios, mientras que las personas jurídicas pueden aprovechar esas ventajas a la hora de pagar el Impuesto de Sociedades. Según informa el portal ‘Info Autónomos’, las ventajas pasan por la deducción de los intereses y la amortización acelerada.
Para presentar la Declaración, los gastos pueden desgravarse siempre que los empleados por cuenta propia puedan demostrar que la actividad del vehículo está asociada a su negocio. Sin embargo, según destaca la mencionada web, hay un límite anual a esta deducibilidad. Para ello, se calcula el coste del bien por el coeficiente de amortización lineal máximo en base a las tablas de amortización aprobadas por Hacienda.
La Agencia Tributaria recoge que las deducciones “no podrá ser superior al resultado de aplicar al coste del bien el doble del coeficiente de amortización lineal máximo según las tablas de amortización oficialmente aprobadas. En el caso de contribuyentes que tengan la consideración fiscal de empresa de reducida dimensión, el coeficiente de amortización lineal según tablas se multiplicará por tres a estos efectos”.
Renting, similitudes y diferencias con el leasing
Con respecto al renting de vehículos, el alquiler del coche a largo plazo incluye todos los gastos de mantenimiento del vehículo, el servicio de seguro y complementario de reparaciones, la matriculación y la gestión de multas, a cambio del pago de una cuota mensual. A diferencia del leasing, cuando finaliza el arrendamiento, el titular no tiene derecho a acceder a la propiedad del vehículo.
La principal coincidencia con el leasing es la posibilidad de deducir el 100% de los gastos siempre y cuando el trabajador autónomo demuestre que el uso del vehículo está relacionado con la actividad laboral que desempeña. En cuanto a las propias deducciones, en el renting la cantidad final desgravada variará en función del uso que el empleado haga del coche. Las empresas tienen las mismas ventajas que las personas físicas. En el renting, el gasto realizado en carburante también es deducible.
Casilla 192 de la Declaración
Para hacer constancia de las deducciones aplicadas por leasing o renting de un vehículo, en la Renta se debe marcar la casilla 192 de “Arrendamientos y cánones”, incluido en el módulo de “gastos fiscalmente deducibles” del apartado de “Actividades económicas realizadas y rendimientos obtenidos” del modelo de Declaración. Los particulares no podrán deducir ningún gasto derivado del renting, ni tampoco del leasing, y supondrá para ellos un gasto más en su presupuesto.