Los nombres que no se pueden poner a un bebé en España por ley
Los nombres prohibidos se detallan en el artículo 54 de la Ley del 8 de junio de 1957 del Registro Civil, donde se establece qué tipos de nombre no se le puede poner a un recién nacido en España.
Sí, hay nombres que no se pueden poner a un recién nacido. El último nombre vetado ha sido ‘Haiza’, que significa semilla tras traducirlo del euskera, y la jueza de Vitoria lo ha rechazado porque puede significar semilla en euskera, como querían sus padres, pero también semen.
Está prohibido en España tener tres nombres, por ejemplo. También están prohibidos aquellos nombres que perjudiquen a la persona de manera objetiva; los que hagan confusa su identificación y los que induzcan a error en cuanto al sexo.
Los nombres prohibidos también son Hitler, Judas u Osama Bin Laden. Tampoco otros como Tonto o Caca, ya que podrían perjudicar a al persona en un futuro, como ha hecho referencia la jueza al posible futuro de la niña.
Lo que dice la ley
Según el artículo 54 de la Ley del 8 de junio de 1957 del Registro Civil, se recoge que no puede imponerse al nacido un nombre que ostente uno de sus hermanos a no ser que hubiera fallecido.
Tampoco la traducción de un nombre a otro lengua, ni se puede poner el nombre de alguna marca o firma comercial como puede Apple o Adidas. Tampoco se puede poner el nombre de una personalidad, ya sea real o ficticia; los nombres de famosos, incluso aunque sean artísticos, no se pueden utilizar.
Tampoco se pueden poner nombres de fruta, ni diminutivos o acrónimos. Aunque sí parte de un nombre, como es el caso de Daenerys, una de las protagonistas de Juego de Tronos, nombre que en España se ha puesto a 189 mujeres. Khaleesi se ha puesto a 38 mujeres, todas niñas de menos de cuatro años.
En cuanto a los nombres de animales, algunos están aceptados, como Paloma, León, Delfín, y tras una decisión del director general de los Registros y del Notariado, Javier Gómez Gálligo, ‘Lobo’ también ha sido admitido como nombre en el registro.