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PENSIONES

Los mayores de 65 años que pueden pedir hasta 501 euros del SOVI de la Seguridad Social

El SOVI es un tipo de pensión a la que tienen acceso aquellas personas que han cotizado en el antiguo Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez.

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El Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) es una de las pensiones menos conocida del sistema de la Seguridad Social. Se trata de una prestación para aquellas personas que cotizaron en el extinto Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI).

El SOVI supuso el precedente de la actual Seguridad Social y permaneció vigente hasta 1967. Se trata de una prestación de hasta 501 euros mensuales en 14 pagas para aquellas personas que no tengan acceso a una pensión contributiva. Entre los requisitos, la Seguridad Social especifica:

  • Tener cumplidos los 65 años de edad o 60 en el supuesto de vejez por causa de incapacidad. Esta incapacidad debe ser permanente y total para la profesión habitual y no derivada de accidente de trabajo o enfermedad profesional.
  • No tener derecho a ninguna otra pensión a cargo de los regímenes que integran el Sistema de la Seguridad Social, o a sectores laborales pendientes de integración en el mismo, con excepción de las pensiones de viudedad de las que puedan ser beneficiarios.
  • Haber estado afiliado al Régimen del Retiro Obrero o tener cubiertos 1.800 días de cotización al Régimen del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) antes de 01/01/1967.

Para su solicitud, se realiza a través de la web de la Seguridad Social, solicitando una cita previa, ya sea por teléfono (901 16 65 65 y 915 42 11 76); o por Internet, en la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Tipos de pensión del SOVI

  • Pensión de viudedad: para cónyuges de personas fallecidas y cotizantes del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez. La fecha del fallecimiento debe haber sido entre 1956 y 1966 y el solicitante debe tener más de 50 años en el momento del mismo. Si se produce después de dicha fecha, los requisitos son los mismos del sistema actual.
  • Pensión de invalidez: cuando se sufre una incapacidad permanente y absoluta para la profesión habitual y que ésta fuera el motivo del cese del trabajo. Para poder solicitarla, se debe haber cotizado 1.800 días en el SOVI antes de 1967 y tener 50 años cumplidos, aunque hay casos en los que con 30 es suficiente.
  • Pensión de vejez: si tienes más de 65 años y 1.800 días cotizados en el SOVI antes de 1967 o en caso de haber estado afiliado al régimen anterior, llamado Régimen del Retiro Obrero. Ésta no permite el acceso a otra prestación de la Seguridad Social.

¿Cuánto se cobra en el SOVI?

Según detalla la Seguridad Social en su página web:

  • Si no existe concurrencia con otras pensiones, el importe está constituido por la pensión básica más las mejoras. Dicho importe es de 501,50 euros mensuales en 14 pagas (7.021,00 euros anuales).
  • Si existe concurrencia con otras pensiones, el importe es de 486,80 euros mensuales en 14 pagas (6.815,20 euros anuales). No obstante, cuando la suma de todas las pensiones concurrentes y las del citado SOVI, una vez revalorizadas aquellas, sea inferior a la cuantía fijada en 2021 para la pensión de tal seguro concurrente, calculadas unas y otras en cómputo anual, la pensión del SOVI se revalorizará en un importe igual a la diferencia resultante.
  • Si existe concurrencia con una pensión de viudedad, la suma de la pensión o pensiones de viudedad y la del SOVI no podrá ser superior al doble de la pensión mínima de viudedad correspondiente a beneficiarios con 65 o más años vigente en cada momento, en cómputo anual. De superarse el límite indicado, se minorará la cuantía de la pensión SOVI en el importe necesario.