ACTUALIDAD
Los límites de las pensiones de incapacidad: estos son las cuantías mínimas que puedes cobrar
La cuantía puede oscilar entre los 527 euros y los 1335,80 euros en función del tipo de incapacidad y de la edad de la persona beneficiaria de la prestación.
En este 2022, el Ministerio de Seguridad Social fijó la cuantía de las pensiones de invalidez y jubilación de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva en 5.899,60€ anuales (421,40€ al mes), abonados en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año.
Los requisitos para cobrar esta pensión varía en función del tipo de incapacidad, aunque todos cumplen con una serie de criterios comunes. Para ello, las personas que quieran acceder a esta prestación deben estar dadas de alta en la Seguridad Social, y deben acreditar su condición médica para la concesión de la pensión, ya sean limitaciones que causan dolencia a la hora de realizar el trabajo, o la gravedad de la enfermedad y/o lesión que sufra el trabajador.
La Seguridad Social diferencia hasta cinco tipos de pensión por incapacidad permanente. La primera de ellas es por Gran Invalidez. Se trata de la pensión con mayor cuantía económica, ya que supera los mil euros mensuales. En este caso, para personas con cónyuge que no esté a cargo los ingresos mensuales son de 1.027,50 euros. Una cifra que asciende hasta los 1.082,60 euros al mes para personas sin cónyuge, y a 1.335,80 euros para personas con cónyuge a cargo.
En caso de incapacidad absoluta, o total con 65 años, la cuantía de la pensión alcanza los 685,00 euros para personas con cónyuge que no esté a cargo. La cifra asciende a 721,70 euros para personas sin cónyuge que demuestren esta condición, mientras que será de 890,50 euros para beneficiarios con cónyuge a cargo. Para los beneficiarios con una edad entre los 60 y los 64 años con incapacidad total, se han establecido cuantías de 638,20 euros con cónyuge no a cargo, de 675,20 sin cónyuge y de 834,90 euros con cónyuge.
Pensiones de incapacidad para personas con menos de 60 años
También se ha fijado una pensión para personas menores de 60 años y con incapacidad total derivada de una enfermedad común. Para este grupo de personas, la cuantía mensual de su pensión será de 527,40 euros si no cuentan con cónyuge a cargo, mientras que se incrementará hasta los 532,00 euros para personas sin cónyuge y con cónyuge.
Por último, cabe destacar las pensiones de incapacidad parcial del régimen de accidente de trabajo. En este último caso, se establecen para trabajadores que ya han cumplido los 65 años de edad. La cuantía mensual es de 685,00 euros para personas con cónyuge que no esté a cargo, 721,70 euros para beneficiarios sin cónyuge y 890,50 euros para personas con cónyuge a cargo.