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ACTUALIDAD

Las cuatro excepciones para que los coches sin etiqueta circulen por la M-30 en 2023

A partir de este enero, los vehículos sin etiqueta no podrán circular dentro de la M-30. Una excepción es que estuvieran domiciliados en Madrid en 2022.

Tramo de la autopista de la M30 durante la desescalada por el Covid-19
Joaquin Corchero - Europa Press - ArchivoEuropa Press

Año nuevo, restricciones nuevas. El plan para limitar el acceso a la ciudad de Madrid da un nuevo paso este 2023, con el objetivo de no permitir la entrada a los vehículos más contaminantes, aquellos que, por antigüedad, cuentan con la etiqueta A o directamente ninguno de los distintivos medioambientales de la Dirección General de Tráfico (DGT).

La concienciación es cada vez mayor y, si en 2021 se prohibió el acceso al interior de la M-30 a este tipo de vehículos, a partir de este 2023 estos ya no podrán circular por la propia carretera de circunvalación madrileña. Se pone, de esta forma, un nuevo cerco a los coches que más contaminan, para que no accedan al ‘corazón’ de la ciudad. De acuerdo con el censo de vehículos de la capital, esta medida afectará a unos 315.000 conductores, que no podrán circular por dicha autovía ni mucho menos por el centro de Madrid.

Una cifra que se incrementará de forma considerable si lo hacemos extensible a los vehículos del resto del país, afectando en mayor medida a los las comunidades vecinas, que cada día se trasladan a la capital para trabajar o por ocio. Los vehículos a los que no les corresponde el distintivo son los diésel previos al año 2006 y los gasolina anteriores al 2000.

Excepciones

En cualquier caso, como en toda ley, hay algunas excepciones. Son cuatro los supuestos en los que, a pesar de contar con la etiqueta A o directamente no contar con ninguna, los vehículos pueden circular por la M-30 y acceder al interior de la misma. Será posible hasta el mes de diciembre de 2024, cuando nuevamente cambien las normas de Madrid 360 y las restricciones.

La primera de las excepciones es para aquellos vehículos que, desde el 1 de enero de 2022, figuren domiciliados en la ciudad de Madrid según los requisitos de la DGT y que estén en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del Ayuntamiento de Madrid. También podrán circular los vehículos destinados trasladar a personas que sean titulares de la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida. La condición, que estén dados de alta en el Sistema de accesos a Madrid Zona de Bajas Emisiones, además de mostrar la citada tarjeta.

En cuanto a las dos últimas excepciones, son las siguientes: vehículos A que no sean turismo (como camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores), y vehículos que sean considerados como históricos, siempre que cumplan con la normativa vigente. Estas son, pues, las excepciones que valora el Ayuntamiento de Madrid, que ya ha instalado los sistemas precisos para el control de los accesos a la M-30: gracias a unas cámaras de lectura matrículas, junto con el registro, se enviarán las correspondientes sanciones (de 200 euros) una vez se detecte a los infractores.