Los cambios en el contrato del móvil a partir del 1 de noviembre
Conoce cómo afectará a la factura y qué ventajas se obtienen de la nueva ley, que entrará en vigor de manera obligatoria mañana, 1 de noviembre
Con la nueva Ley General de Telecomunicaciones, que ya fue publicada en el BOE hace cuatro meses (el 28 de junio), se presentan algunas novedades que afectarán en algunos aspectos de la facturación y permanencia, siempre un quebradero de cabeza para los consumidores. Las empresas de telecomunicación han notificado a sus clientes de los cambios que introduce la nueva legislación, con modificaciones sustanciales en determinadas áreas.
Desde las plataformas YSI y Kelisto, ya han anunciado que la permanencia de dos años, puede alargarse ‘de facto’ en caso de que el cliente solicite o adquiera un dispositivo cuyo pago sea fraccionado, así como si se aprovecha de una promoción u oferta. Tanto los dos comparadores como la OCU han aceptado de buen grado las nuevas modificaciones, y es que, las consideran muy positivas teniendo en cuenta las ofertas de bajo coste que copan el actual mercado.
Se acabaron los contratos indefinidos
Además de este cambio, también se introducen nuevas premisas que, sobre el papel, son beneficiosas para el consumidor, como la obligatoriedad de de ofrecer un resumen simplificado y sencillo de las facturas a los clientes, además de la gratuidad de las portabilidades (cambios de operadora). Las principales teleoperadoras como Vodafone, Telefónica, Orange o Másmovil, ya han sido informadas de los cambios.
De hecho, desde la última, apuntan estar en desacuerdo con el plazo de un mes acerca de los cambios de la tarifa, además de no terminar de ver claro la simplificación de la lectura de facturas. Por otro lado, si se muestran favorables al nuevo cambio respecto a la permanencia «Se acaban los contratos indefinidos, que beneficiaban más a las compañías que a los consumidores. Ahora hay un límite máximo de 24 meses, que luego se puede prorrogar».
Cambios en la adquisición de móviles
Con el límite de los contratos a 24 meses, las compañías se están viendo obligadas a renovar contratos una vez que vence dicho plazo, algo que desde YSI, en palabras de Álvaro García, según ha confirmado ABC, “hubiera sido preferible 12 meses y que este cambio responde a lo que hacían las operadoras hace un par de años”.
Con respecto a la adquisición de terminales, la portavoz de Comunicación de Kelisto, Sara Perales, afirma que la compra a plazos puede condicionar la permanencia y el gasto. “Si compras un terminal en 36 o 48 cuotas mensuales, pese a que la permanencia máxima sea de 24 meses, si te das de baja antes tendrás que abonar lo que te quede por pagar del dispositivo o devolverlo según las condiciones que establezca tu contrato”.
Esto es muy parecido a lo que ocurre cuando ‘se incluye’ el acceso a determinadas plataformas en el contrato, ya que este servicio sería también cancelado automáticamente. Por su parte, García considera que a veces, sí puede salir rentable el cambio de operador aunque se tengan que abonar algunos costes de cancelación, pero avisa que los consumidores deberían de escapar de las ‘permanencias inversas’, aunque están ya no son muy habituales en los contratos actuales, ya que estas “te atan totalmente y las cancelaciones suponen un coste que va en aumento”.
¿Cómo cambiar mi tarifa?
En el caso de querer modificar su actual tarifa, desde Kelisto aseguran que hay dos detalles importantes a la hora de abordar el cambio: en primer lugar, que los descuentos no tienen por qué durar lo mismo que la permanencia, de modo que, una vez finalizada la oferta, los costes pueden ser mucho más elevados hasta el fin del contrato.
Y por otro lado, un factor favorable a los usuarios es que, si hay subidas de precios que supongan un coste mayor al consumidor, este puede darse de baja inmediatamente sin sufrir penalizaciones ni tener que asumir la permanencia.