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La pensión que queda al jubilarse entre 61 y 63 años

La legislación española permite jubilarse de forma anticipada a los trabajadores con 61, 62 ó 63 años, pero siempre que reúnan una serie de requisitos.

jubilación anticipada
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Jubilarse a partir de los 61 años es posible, siempre que se cumplan algunos requisitos que pide la Administración. Cuanto más se adelante la edad de jubilación más requisitos tendrá que cumplir el trabajador. Por supuesto, habrá recortes en la pensión para compensar el adelanto.

Jubilarse a los 61 años es posible sólo para los que se acojan a la jubilación anticipada involuntaria. Estas situación permite hasta cuatro años de adelanto respecto a la edad ordinaria de jubilación, los 65 años de momento. Para optar a obtener la prestación por jubilación se deben tener, al menos, 37 años y seis meses de cotización. En el caso del personal del Régimen de las Clases Pasivas que puedan acreditar 30 años de servicio efectivo al Estado, tienen permiso jubilarse de manera anticipada a partir de los 60 años

Otro factor importante, se exige la cotización durante al menos dos años de los últimos 15 y la inscripción como demandante de empleo seis meses antes de la solicitud de la jubilación. En el caso de mineros, ferroviarios, policías locales, de la Ertzaintza, bomberos, personal de trabajos aéreos, artistas, toreros, o trabajadores pertenecientes a las profesiones que gozan de una jubilación especial por su peligrosidad o toxicidad podrán acogerse a la jubilación anticipada a esta edad si la normativa de su propia profesión lo permite.

Jubilarse a los 62 años

Podrán acogerse a la jubilación anticipada a los 62 años quienes se acojan a la jubilación anticipada involuntaria que derive de un cese no voluntario en el trabajo, siempre que tengan 37 años y seis meses cotizados. A partir de los 62 años y dos meses no necesitarán llegar a ese nivel de cotización, ya que es el momento en que estarán cuatro años por debajo de la edad ordinaria de jubilación para 2022, de 66 años y dos meses si no se llega a la cotización de referencia.

Los requisitos es que los trabajadores que lo hagan con menos 37 años y seis meses, al menos, deben acumular 33 años de cotización, el mínimo para la estas jubilaciones anticipadas.

Jubilarse a los 63 años

Podrán jubilarse a esta edad los trabajadores que tengan 37 años y seis meses cotizados. Es imprescindible que, al menos, dos años se encuentren entre los últimos 15, y contar con una pensión superior a la mínima. Los trabajadores con entre 33 y 34 años cotizados podrán acogerse a la jubilación anticipada involuntaria si cumplen estos requisitos.

Qué pensión queda

Cuanto antes te jubiles, menos pensión te queda. La reducción se hace a partir de la aplicación de unos coeficientes reductores que se han visto modificados por la reforma que ha presentado de las pensiones el ministro José Luis Escrivá. Ahora los coeficientes son mensuales y aplicables sobre la cuantía de la pensión y no sobre la base reguladora, como era antes.

El cálculo de la prestación que queda se hace teniendo en cuenta las bases de cotización de los últimos 25 años para elaborar la base reguladora y, después, los años cotizados para calcular el porcentaje de la base reguladora al que tiene derecho el ciudadano.

  • Entre el 30% y el 4,75% en los tres primeros años de adelanto en la jubilación anticipada involuntaria.
  • Entre el 21% y el 4,75% en el primer año de adelanto en la jubilación anticipada voluntaria.
  • 81,73% y llega a ser del 100% con 35 años de cotización cuando son 30 años, el mínimo para jubilarse de forma anticipada.