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La DGT detalla las multas por llevar detectores e inhibidores de radares

La multa por llevar un detector de radar asciende hasta los 200 euros y la pérdida del carnet, mientras que por tener un inhibidor asciende a los 6.000 euros.

La DGT detalla las multas por llevar detectores e inhibidores de radares

La nueva Ley de Tráfico ha traído consigo una modificación de algunas sanciones. Algunas conductas que antes no eran motivo de infracción, ahora sí lo son u otras que estaban consideradas incumplimientos leves son graves. Una de estas nuevas infracciones tiene que ver con los radares y los métodos que siguen algunos conductores a la hora de detectarlos.

El artículo 11 de la Ley sobre Tráfico recoge la prohibición de “instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros”, así como cualquier instrumento que permita “eludir” o “interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico”. Y lo mismo ocurre con los mecanismos de detección de los mismos. El texto, además, apunta que tampoco está permitido “emitir o hacer señales con dicha finalidad”.

Esta norma ya se ha empezado a poner en práctica. Este miércoles la Guardia Civil ya ha detectado a un vehículo haciendo uso de una de estas máquinas. El turismo iba circulando por la autovía A-231 (León-Burgos) a una gran velocidad. Sin embargo, según se fue acercando al vehículo radar que habían puesto los efectivos de la Benemérita, este redujo la marcha de “manera poco habitual”, según ha informado la Guardia Civil —y ha reportado Europa Press—.

Las autoridades obligaron al conductor a detener el vehículo y procedieron a inspeccionarlo. Dentro de él, observaron un testigo LED que parpadeaba con una luz roja si detectaba la presencia de un radar. Y, para poder continuar con el trayecto, los efectivos de la Guardia Civil instaron al conductor a desmontar el artefacto en un taller autorizado. De esta manera, podrían saber si se trataba de un mecanismo preparado para detectar los radares, como finalmente descubrieron que era.

Puede costar hasta 30.000 euros

Las sanciones que puede acarrear el llevar uno de estos artefactos contemplan desde pérdida de puntos en el carnet hasta multa económica. Si la maquinaria que se lleva instalada en el coche es un detector la sanción es de 200 euros de multa y tres puntos menos. Mientras que, si se lleva instalado un inhibidor, la sanción es más elevada: se retirarán seis puntos del carnet y la multa económica asciende a los 6.000 euros.

En el caso concreto de los inhibidores, la multa también será para los talleres encargados del montaje, una sanción que puede ascender hasta a los 30.000 euros. Asimismo, la nueva normativa contempla que sea el propio conductor el que asuma los gastos correspondientes del desmontaje del artefacto en cuestión en el taller especializado.