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Jubilación a los 60 años: ¿se puede y es posible hacerlo con el 100% de la pensión?

A este supuesto pueden acceder algunos trabajadores que cumplan una serie de requisitos, ya que todavía existen profesiones al margen del régimen general de la Seguridad Social que pueden mantener la totalidad de su pensión.

Jubilación a los 60 años: ¿se puede y es posible hacerlo con el 100% de la pensión?
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Jubilarse a los 60 años con el 100% de la pensión es posible. Es decir, si tienes 59 años y te preguntas cuándo te puedes jubilar, una de las opciones es acceder a la jubilación a los 60 años, siempre y cuando cumplas una serie de requisitos. Y es que todavía existen profesiones al margen del régimen general de la Seguridad Social y sus trabajadores pueden realizar esto y mantener la totalidad de su pensión.

Es conveniente destacar que, en la mayor parte de los casos, para optar al 100% de la pensión, es necesario esperar a la edad ordinaria de jubilación. En 2022, esta edad corresponde a los 66 años y dos meses. Sin embargo, podrán jubilarse a los 65 años aquellos que acrediten al menos 37 años y 6 meses cotizados.

Casos donde el trabajador puede obtener una pensión de jubilación completa

Todo parece indicar que la edad de jubilación se incrementará con el paso del tiempo y de manera gradual hasta 2027, cuando se situará en los 67 años y, por su parte, el número de años cotizados para jubilarse a los 65 años aumentará hasta los 38 años y 6 meses cotizados.

No obstante, existen ciertos casos en los que el trabajador puede obtener una pensión de jubilación completa, incluso jubilándose de forma anticipada. Estos son:

  • Clases pasivas: los funcionarios públicos de este régimen pueden retirarse voluntariamente desde que cumplen los 60 años de edad, siempre que tengan reconocidos 30 años de servicios al Estado.
  • Cese involuntario: los trabajadores que hayan sido despedidos de su trabajo se pueden acoger a la jubilación de su trabajo después de ese despido o cese involuntario. Para ello, el trabajador debe cumplir: tener cuatro años menos que la edad ordinaria de jubilación anticipada, acreditar al menos 30 años de cotización previa, estar inscrito como demandante de empleo al menos durante seis meses y su despido debe ser por razón de una reestructuración empresarial.
  • Grupo de trabajadores: en función del tipo de actividad que realice el trabajador, aparecen algunos grupos que pueden dejar de trabajar 6 años antes de la edad ordinaria e incluso antes. Para cada grupo existen unas condiciones muy específicas dependiendo del sector, aunque todos deben de haber cotizado, como mínimo, 15 años a la Seguridad Social. Por ello, es recomendable informarse exhaustivamente con anterioridad.

Otras opciones

Si no perteneces a ninguno de los grupos anteriores y, por algún supuesto, no vas a esperar a la edad ordinaria de jubilación, debes conocer las circunstancias en las que puedes jubilarte a los 60 años. Y es que, quizá ya tengas 40 años cotizados y, al cumplir los 60 años, decidas que no quieres seguir trabajando. En estos casos, entra en juego la aplicación de coeficientes reductores.

También es posible jubilarse a los 60 años si se opta por una jubilación parcial, donde por un lado el trabajador y la empresa deben pactar cuál es la disminución de la jornada laboral que ambos están dispuestos a asumir y, por otro lado, debe ir acompañado de un contrato de relevo de un trabajador en situación de desempleo que haya acordado con la empresa un contrato de duración establecida.