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ACTUALIDAD

El impuesto de Patrimonio en España por comunidad: ¿en cuál se paga más y en cuál menos?

La Comunidad de Madrid y Andalucía (tras el reciente anuncio de su presidente) han suprimido este tributo.

Actualizado a
Pago de impuestos

El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, ha anunciado este lunes la supresión del Impuesto sobre el Patrimonio a través de una bonificación del 100% en su comunidad. Moreno ha explicado que con esta medida se quiere “favorecer que determinadas rentas fijen su residencia en Andalucía contribuyendo así con sus impuestos”.

Según el presidente andaluz, esta decisión no tendrá apenas impacto negativo en las cuentas de la administración autonómica porque apenas supone un 0,6% de lo que se recauda, mientras que sí “atraerá capacidad inversora para el fomento de la actividad económica y del empleo”.

El Impuesto sobre el Patrimonio, según detalla Bankinter, es un tributo directo y personal. El mismo se aplica no sobre ingresos anuales o transacciones, sino sobre el patrimonio personal de las personas físicas.

Se trata de un impuesto que está cedido a las comunidades autónomas, por lo que cada una de ellas tiene competencias para aplicar reducciones en el mínimo exento, modificar la tarifa y aprobar deducciones y bonificaciones en la cuota del impuesto.

En consecuencia, las cifras varían de formar considerable en cada territorio. Estos son los datos del Impuesto sobre el Patrimonio 2021 por comunidades:

Andalucía

  • Mínimo exento de 700.000 euros.
  • Escala de gravamen de Andalucía para 2021.
  • Deducciones y bonificaciones Andalucía: no ha ejercido competencias.
  • No obstante, como ya se ha mencionado, Andalucía acaba de anunciar la supresión total del Impuesto sobre Patrimonio mediante la bonificación del 100% del tributo.

Aragón

  • Mínimo exento de 400.000 euros.
  • Escala de gravamen de Aragón: Se aplica la escala estatal.
  • Deducciones y bonificaciones de Aragón: Bonificación del 99% para las personas con discapacidad que ostenten la titularidad de un patrimonio protegido regulado con un límite de 300.000 euros.

Asturias

  • Mínimo exento de 700.000 euros.
  • Escala de gravamen de Asturias.
  • Deducciones y bonificaciones de Asturias: Bonificación del 99% de la parte de la cuota que corresponda a bienes y derechos que forman parte del patrimonio especialmente protegido del contribuyente.

Baleares

  • Mínimo exento de 700.000 euros.
  • Escala de gravamen de Islas Baleares.
  • Deducciones y bonificaciones de Islas Baleares: Bonificación del 90% de la parte proporcional de la cuota que corresponda a la titularidad del pleno dominio de los bienes de consumo cultural a los cuales hace referencia el art. 5 de la Ley 3/2015.

Canarias

  • Mínimo exento de 700.000 euros.
  • Escala de gravamen de Canarias: Se aplica la escala estatal.
  • Deducciones y bonificaciones de Canarias: no ha ejercido competencias.

Cantabria

  • Mínimo exento de 700.000 euros.
  • Escala de gravamen de Cantabria.
  • Deducciones y bonificaciones de Cantabria: no ha ejercido competencias. Se declaran exentos los bienes y derechos de contenido económico que formen parte del patrimonio especialmente protegido del contribuyente cuando se computen para la determinación de la base imponible del contribuyente.

Castilla La-Mancha

  • Mínimo exento de 700.000 euros.
  • Escala de gravamen de Castilla-La Mancha: Se aplica la escala estatal.
  • Deducciones y bonificaciones de Castilla-La Mancha: no ha ejercido competencias.

Castilla y León

  • Mínimo exento de 700.000 euros.
  • Exención de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio especialmente protegido del contribuyente con discapacidad.

Cataluña

  • Mínimo exento de 500.000 euros.
  • Escala de gravamen de Cataluña.
  • Deducciones y bonificaciones de Cataluña: Cataluña tiene una bonificación del 95% de la cuota que corresponda proporcionalmente a las propiedades forestales y una bonificación del 99% de la parte de la cuota que proporcionalmente corresponda a bienes o derechos de contenido económico que formen parte del patrimonio protegido de contribuyentes con discapacidad.

Comunidad de Madrid

  • Mínimo exento de 700.000 euros.
  • Deducciones y bonificaciones de la Comunidad de Madrid: La Comunidad de Madrid tiene una bonificación del 100%, por lo que ningún contribuyente de este territorio tiene que pagar el impuesto (han de presentar autoliquidación los contribuyentes cuyos bienes y derechos tengan un valor que supere 2.000.000 euros).

Comunidad Valenciana

  • Mínimo exento de 500.000 euros. El mínimo será de 1.000.000 euros para contribuyentes con discapacidad psíquica con un grado de minusvalía igual o superior al 33% y para contribuyentes con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía igual o superior al 65%.
  • Escala de gravamen de la Comunidad Valenciana.
  • Bonificaciones y deducciones: no ha ejercido competencias.

Extremadura

  • Mínimo exento de 500.000 euros. Además, se regulan mínimos exentos para personas discapacitadas: 600.000 euros. si el grado de discapacidad está entre el 33% y el 50%; de 700.000 euros si está entre 50% y 65% y de 800.000 euros si la discapacidad supera el 65%.
  • Escala de gravamen de Extremadura.
  • Deducciones y bonificaciones de Extremadura: no ha ejercido competencias.

Galicia

  • Mínimo exento de 700.000 euros.
  • Escala de gravamen de Galicia.
  • Deducciones y bonificaciones de Galicia: Galicia tiene seis deducciones en el Impuesto sobre el Patrimonio:
  1. Deducción por creación de nuevas empresas o ampliación de la actividad de empresas de reciente creación
  2. Deducción por inversión en empresas agrarias.
  3. Deducción por la afectación de terrenos rústicos a una explotación agraria y arrendamiento rústico.
  4. Deducción por la afectación a actividades económicas de inmuebles en centros históricos.
  5. Deducción por la participación en los fondos propios de entidades que exploten bienes inmuebles en centros históricos.
  6. Deducción por incorporación de bienes y derechos a los instrumentos de movilización o recuperación de las tierras agrarias de Galicia.

La Rioja

  • Mínimo exento de 700.000 euros.
  • Escala de gravamen de La Rioja.
  • Deducciones y bonificaciones de La Rioja: Se regula una deducción del 25% por aportaciones a la constitución o ampliación de la dotación a fundaciones de La Rioja.

Navarra

  • Mínimo exento de 550.000 euros. Exención de la vivienda habitual hasta un máximo de 250.000 euros.
  • Escala de gravamen de Navarra.
  • Personas obligadas a presentar declaración: Sujetos pasivos cuya cuota tributaria resulte a ingresar o no resulte a ingresar, pero el valor de los bienes y derechos resulte superior a 1.000.000 de euros.

País Vasco

  • Mínimo exento de 800.000 euros. Exención de la vivienda habitual hasta un máximo de 400.000 euros.
  • Escala de gravamen del País Vasco.
  • Bonificaciones y deducciones: por impuestos satisfechos en extranjero se deducirá la menor de las siguientes cantidades:
  • El importe efectivo de lo satisfecho en el extranjero.
  • El resultado de aplicar el tipo medio efectivo del impuesto a la parte de base liquidable gravada en el extranjero.

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