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¿Quién paga la baja por maternidad o paternidad, cuánto se cobra y qué pasa si me despiden?

El único coste de la empresa en la baja de la paternidad/maternidad será el de la cotización a la Seguridad Social del empleado, todo lo demás corre a cargo de la Seguridad Social. Además, no pueden despedir al trabajador en cuestión.

¿Quién paga la baja por maternidad o paternidad, cuánto se cobra y qué pasa si me despiden?
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La baja por maternidad o paternidad es el tiempo de descanso de los trabajadores para atender al hijo, en caso de nacimiento, adopción, guarda o acogimiento. En España, es un derecho recogido por la legislación laboral del que pueden beneficiarse los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia (autónomos), incluidos los contratados para la formación y a tiempo parcial.

En la actualidad, la baja de maternidad y paternidad es de 16 semanas de permiso (casi 4 meses), que se pueden dividir de la siguiente manera:

  • 6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto (resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción). La madre biológica puede anticipar este periodo hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto.
  • Las 10 semanas restantes se disfrutan en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los 12 meses siguientes al parto (resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción).

Se puede ampliar la duración por una semana para cada progenitor, por cada hijo/a, a partir del segundo, en caso de nacimiento múltiple y en caso de discapacidad del hijo. También es posible la ampliación por parto prematuro y hospitalización (por un periodo superior a siete días) a continuación del parto, hasta un máximo de 13 semanas.

Es un derecho recogido en el Estatuto de los Trabajadores

Como empresario, debes tener en cuenta que la baja por maternidad o paternidad no la paga la empresa, puesto que se trata de un derecho recogido en el Estatuto de los Trabajadores y es retribuido al 100% por la Seguridad Social.

Durante el periodo de baja por paternidad/maternidad en 2023, el trabajador en cuestión tendrá derecho a percibir el cobro del 100% de la base de cotización por contingencias comunes que aparecen en la nómina del empleado del mes anterior a la fecha de inicio del período de descanso, dividida por 30, ya que se cobra según los días naturales al mes.

Por tanto, como empleador cabe destacar que tu única obligación será la de mantener el puesto de trabajo del empleado, es decir, el despido sería nulo durante el periodo de baja por paternidad/maternidad. Es por ello que el único coste de la empresa en la baja de la paternidad/maternidad será el de la cotización a la Seguridad Social del empleado, todo lo demás corre a cargo de la Seguridad Social.

La importancia de la base reguladora

Para calcular la nómina por baja de paternidad/maternidad, es conveniente tener presente la base reguladora de la empleada. Esta es necesaria para calcular la cuantía de la prestación por baja de maternidad, debido a que se toma como referencia para el cálculo de la nómina.

Po ejemplo, para el cálculo de nómina por baja de este tipo, en general, tendremos que calcularlo con la base reguladora de la base de cotización de los últimos seis meses anteriores desde el inicio del primer día de baja por paternidad/maternidad.