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ECONOMÍA

¿Puedo cobrar la paga extra de Navidad si no llevo un año trabajando en la empresa?

La respuesta a esta cuestión es que sí se cobrará, pero será un porcentaje en función del tiempo que se ha trabajado durante ese curso, tal y como recoge ‘Bankinter’.

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¿Puedo cobrar la paga extra de Navidad si no llevo un año trabajando en la empresa?

Uno de los momentos más esperados para los trabajadores, al acercarse al periodo navideño, es el ingreso de la paga extra. Una cuantía adicional que reciben aquellas personas que tienen su nómina prorrateada en 14 pagas, y que supone un impulso a las economías domésticas en un momento donde los regalos, los planes de ocio con familiares y amigos y las comidas están a la orden del día.

Más concretamente, es un derecho que aparece reflejado en el Estatuto de los Trabajadores. En el artículo 31, se recoge que “el empleado tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores”. Normalmente, en verano.

Particularidades

No obstante, su comprensión va más allá de una simple disposición legal, es decir, se trata de un largo recorrido por un laberinto repleto de regulaciones y consideraciones financieras que repercuten directa e indirectamente en los empleados.

Con todo ello, a muchos trabajadores se les viene una pregunta a la cabeza: ¿Qué ocurre cuando un empleado no ha cumplido un año completo (365 días o 366 días si es un año bisiesto) de servicio al momento de recibir este beneficio?

Aspectos a tener en cuenta

La respuesta a esta cuestión es que sí se cobrará, pero será un porcentaje en función del tiempo que se ha trabajado durante ese curso. Como señala ‘Bankinter’, primero hay que tener en cuenta el devengo de las pagas extra y todo lo que eso conlleva.

O lo que es lo mismo, se empieza a generar el derecho, en este caso la de Navidad, desde que se cobra la anterior paga extra de Navidad. Si hemos cobrado el 25 de diciembre de 2022 la extra, el 26 de diciembre ya estaríamos generando el derecho de cobrar la extra de Navidad 2023. En cuestión, esto es cuando se ha trabajado el año completo.

Caso práctico

En el supuesto de haber trabajado tan solo unos meses, se debe hacer el cálculo proporcional. El proceso es muy sencillo: dividir la cuantía de la paga extraordinaria entre el año completo (12 meses) y después multiplicar el resultado por los meses trabajados.

Para comprenderlo mejor con un ejemplo práctico, si la persona trabaja seis meses y la paga extra equivale a 1.000 euros, habría que dividir esa cifra entre todos los meses del año (12), dando como resultado 83,33 euros. A ese resultado hay que multiplicar los seis meses, lo quedaría 500 euros.

Si fueran tres meses trabajados, sería por tres (249,9 euros). Y así, sucesivamente. Por último, cabe destacar que esta paga extra nunca puede estar por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) -1.080 euros en 2023- ni del salario base mensual.

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