¿Me puedo desgravar libros de texto y material escolar en la Renta y en qué casilla se hace la deducción?
La deducción de los gastos de escolaridad depende de las comunidades autónomas. Algunas ofrecen desgravaciones de hasta el 100%. Es recomendable apreciar todos los detalles según dónde vivas.
A la hora de realizar la Declaración de la Renta resulta de especial interés conocer qué se puede incluir en ella y cómo podemos beneficiarnos de las deducciones. Ahora que arranca el curso escolar, muchos padres tienen gastos procedentes del material escolar de sus hijos -libros, cuadernos, agendas o estuches- y se preguntan si pueden desgravarse los desembolsos.
Es importante saber que los gastos escolares dependen de las deducciones autonómicas, es decir, depende de las diferentes comunidades autónomas y no existe una desgravación común para todo el territorio español. Los siguientes datos proceden del portal ‘Ser Padres’.
Aragón
El caso aragonés se centra en la adquisición de libros de texto y material escolar, hasta el 100% en Primaria y Secundaria. Eso sí, en la práctica se imponen una serie de límites en cuestión de cantidad: en el caso de familias numerosas, 150 euros si la declaración es conjunta y 75 euros si la declaración es individual con límites de 30.000 euros en este último caso y de 40.000 en la conjunta.
Para familias numerosas, las cuantías son más bajas. No superan los 37,5 euros si los ingresos conjuntos están entre 20.000 y 25.000 euros; llegan a 50 euros por encima de los 12.000 de ingresos anuales y 100 euros por debajo de esa cantidad. Cuando son declaraciones individuales, las cantidades son de 25 euros (por cada hijo) con ingresos entre 10.000 y 12.500 euros, que llegan a 37,5 cuando el monto anual ingresado está entre de 6.500 a 10.000 y a 50 con ingresos inferiores a 6.500 euros. La deducción por materiales escolare en Aragón la marcaremos en la casilla 875 de la Declaración de la Renta.
Asturias y Cantabria
En Asturias existe un 15% de deducción de los gastado para los niños de 0 a 3 años, siempre que no supere los 330 euros por hijo y que la base imponible sea de menos de 25.009 euros en tributación individual y 35.240 para la conjunta.
Además, podemos desgravarnos entre 25 y 150 euros para la adquisición de libros y material escolar de Educación Primaria y Secundaria, dependiendo de si la declaración es conjunta o individual. En la casilla 819 de la Declaración de la Renta nos aplicaremos la deducción por gastos escolares y en la casilla 896 la correspondiente a la adquisición de libros y material escolar de la comunidad de Asturias.
En Cantabria existe una deducción de 100 euros por el cuidado de cada descendiente menor de 3 años.
Castilla-La Mancha y Castilla y León
En Castilla-La Mancha se prevé una desgravación del 100% de los gastos de material escolar en educación básica, además de una deducción de 15% de los gastos en enseñanza de idiomas en las etapas de la educación básica obligatoria.
Por otro lado, en Castilla y León se prevé una deducción del 30% si se deja al hijo con una persona empleada del hogar, con un límite de 322 euros. Si se deja al hijo en una guardería, la deducción será del 100% de los gastos con un máximo de 1.320 euros. Esta deducción en Castilla y León se aplica en la casilla 907 de la Declaración de la Renta.
Comunidad Valenciana y Extremadura
En la Comunidad Valenciana las deducciones aplicables son:
- Por adquisición de material escolar y libros de texto para los parados, con un importe máximo de 100 euros, y siempre que la base imponible total sea inferior a los 25.000 euros en tributación individual o a los 40.000 euros en tributación conjunta.
- Por los gastos de guardería existe una deducción del 15%, con un límite de 270 euros para contribuyentes con hijos de 0 a 3 años.
En Extremadura, las deducciones son “mínimas”, según el portal mencionado: son de 15 euros por cada niño de entre 6 y 15 años; aunque también existe una deducción del 10% por gastos de guardería para hijos menores de 4 años. Hay que marcar la casilla 932 en la Declaración de la Renta para deducir los gastos de material escolar en Extremadura.
Galicia y La Rioja
En Galicia hay unas deducciones muy similares a las de Castilla y León, con un 30% de desgravación de las cantidades máximas. En La Rioja, el porcentaje es similar: 30% de los gastos en escuelas infantiles o personal contratado para el cuidado de hijos de entre 0 y 3 años, pero también tienen un 20% de los gastos en escuelas o centros infantiles por cada niño de entre 0 y 3 años.
Comunidad de Madrid y Murcia
En la Comunidad de Madrid, los alumnos se benefician de un 15% de deducciones de los gastos de escolaridad: 10% por enseñanza de idiomas y otro 5% en uniformes. Por cada hijo, se aplicará una deducción máxima de 400 euros, que podrán ampliarse hasta los 900 euros en caso de que se incluyan los gastos por escolaridad.
En caso de niños cursando educación infantil (de cero a tres años) también se podrán aplicar una deducción de hasta 1.000 euros por cada hijo siempre y cuando la suma de las bases imponibles de todos los miembros de la familia no sea de más de 30.000 euros. Esta deducción por gastos escolares en Madrid se tiene que marcar en la casilla 1.050 para poder aplicárnosla en la Declaración de la Renta.
En la Región de Murcia, la deducción por gastos de guardería y centros escolares de hijos menores de 3 años es del 15%. También existe una deducción de 120 euros por adquisición de material escolar y libros de texto. Esta deducción se aplica en la casilla 965 de la Declaración de la Renta.
Baleares y Canarias
Baleares tiene deducciones de hasta el 100% de los gastos de material escolar siempre y cuando no se superen ciertos límites en tributaciones conjuntas e individuales. También existe una deducción del 15% por hijo para los cursos de idiomas con un límite de 100 euros, que se incluyen en las casillas 392 y 405 del IRPF.
En Canarias hay una deducción para los gastos de la educación superior universitaria que se cursen fuera de la isla de residencia de entre 1.500 y 1.600 euros. También existe la deducción de hasta el 30% de los gastos de guardería por cada hijo de entre 0 y 3 años y la deducción del 100% por gastos de estudios en Infantil, Primaria y Secundaria, Bachillerato y FP de grado medio. La deducción por gastos de guardería se marca en la casilla 924.