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ECONOMÍA

La ayuda de 100 euros de la ley de familias: quién puede beneficiarse y cuáles son sus requisitos

Se trata de la prestación por crianza, una ayuda que busca dar facilidades y tener un impacto positivo en las familias españolas con hijos de cero a tres años.

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Archivo - Monedas y billetes de euro.
EUROPA PRESS - ArchivoEuropa Press

El pasado martes el Gobierno dio luz verde al proyecto de Ley de Familias que reconoce la diversidad de las diferentes situaciones familiares y que busca mejorar la protección social de las mismas. Por segunda vez, esta norma vuelve al Congreso de los Diputados, después de que Pablo Bustinduy presentase el proyecto de ley con el mismo texto redactado que en la anterior legislatura lo hizo su antecesora, Ione Belarra.

Entre las nuevas disposiciones se incluye la eliminación del término “familia numerosa” por “familia con mayores necesidades de apoyo a la crianza”, así como también se ha aprobado un permiso parental de ocho semanas hasta que el menor cumpla los ocho años, entre otros.

En este contexto, uno de los puntos principales de esta ley sobre la protección de los diferentes modelos de familias es la prestación por crianza. Se trata de una ayuda de 100 euros mensuales para familias con hijos e hijas de cero a tres años.

¿A quién va dirigida la ayuda?

Según aclara el ministro Pablo Bustinduy, esta prestación debería ser “universal”, similar a la de otros países europeos, y estar vigente hasta que el menor cumpla los 18 años. Sin embargo, por el momento se trata de una ayuda económica que busca dar facilidades y tener un impacto positivo en las familias españolas con hijos de cero a tres años.

Se tratan de 100 euros al mes por cada hijo a cargo, es decir, en caso de tener tres hijos, la familia recibirá 300 euros mensuales de prestación. Antes solo podían solicitar esta ayuda las madres con trabajo asalariado, pero ahora la norma también incluye a aquellas madres que estén en paro.

Esto será posible siempre y cuando, en el mes que nace el niño, su progenitor haya cotizado al menos un día, o al menos haya cobrado el subsidio de desempleo. Con esta ampliación de la deducción se estima que la prestación beneficiará a unas 250.000 familias.

No obstante, existen otros modelos de familia que también pueden solicitar esta prestación por crianza. Son los siguientes.

  • Madres que estén cobrando una prestación.
  • Madres con un empleo a tiempo parcial o completo.
  • Familias en situación de monoparentalidad o monomarentalidad por ingreso en prisión de uno de los progenitores u obtención de la custodia.
  • Padres del mismo sexo.

¿Cómo solicitar esta prestación?

Pese a que el Ejecutivo solicite la tramitación de urgencia de la Ley de Familias en el Congreso, para aprobarla cuanto antes, la idea es seguir trabajando para extender esta renta hasta que los hijos tengan seis años, en vez de tres. Además, se espera seguir avanzando hasta llegar a la ansiada “universalización”.

De momento, todo aquel que quiera solicitar esta ayuda económica, y que cumpla con los requisitos necesarios, debe cumplimentar el formulario del Modelo 140, disponible en la página web de la Agencia Tributaria.

Para ello, se debe facilitar el DNI del solicitante y el NIF de los menores de tres años. Una vez rellenado, se debe presentar el documento obtenido en las oficinas de la Agencia Tributaria. En su defecto, también se puede formalizar la solicitud a través del correo electrónico o llamando por teléfono.

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