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Buenas noticias para los pensionistas: un Juzgado da la razón a un jubilado y obliga a la Seguridad Social a pagar 38.000 euros

Un jubilado de Girona consigue 37.789,80 euros que le denegó el INSS del complemento por maternidad.

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Un juzgado de Girona ha reconocido el derecho de un pensionista a percibir el complemento por maternidad en su pensión de jubilación. La Seguridad Social tendrá que indemnizarle con 37.789,80 euros en atrasos, además de un incremento vitalicio de 391,23 euros en su pensión.

La sentencia, dada a conocer por Ézaro Legal, viene a aplicar la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y del Tribunal Supremo, consolidando el derecho de los hombres a acceder a este complemento en igualdad de condiciones con las mujeres.

Fue el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), a cargo del juez Koen Lenaerts, el que declaró que era discriminatorio en diciembre de 2019, lo que obligó a modificar la redacción de este plus complementario y que provocó una cascada de reclamaciones.

El pensionista verá aumentada su pensión en un 15%, puesto que es padre de cinco hijos. Además, la sentencia establece la retroactividad, por lo que a efectos económicos aplica desde enero de 2016. El fallo también condena a la Seguridad Social al pago de una indemnización de 1.800 euros, en línea con la más reciente doctrina del Tribunal Supremo en su sentencia del 15 de noviembre de 2023.

Para acceder al complemento, es necesario haber tenido dos o más hijos, ser beneficiario de una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente y no haberse jubilado anticipadamente por voluntad propia. Además, la pensión debe haberse reconocido entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, puesto que en este fecha dicho complemento se concede de manera individual a cada progenitor.

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En fechas recientes, ha habido más fallos en favor de otros jubilados que han demandado a la Seguridad Social por el mismo motivo.

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