NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

ACTUALIDAD

¿Cuántos días hay que cotizar para tener derecho a dos años de paro?

Para poder cobrar la prestación contributiva por desempleo es necesario ser demandante de empleo y haber cotizado al menos 360 días en los seis años anteriores del paro, entre otros.

Entrada de oficina de empleo, a 28 de julio de 2022, en Madrid (España). El paro ha bajado en 255.300 personas entre abril y junio de este año, el mayor descenso para un segundo trimestre desde 2018, además, el número de parados cayó por debajo de los tres millones por primera vez desde 2008. La ocupación aumentó en 383.300 puestos de trabajo entre abril y junio. Al finalizar junio, el número total de parados se situó en 2.919.400 personas y el de ocupados, en 20.468.000 personas, según se desprende de la Encuesta de Población Activa (EPA) correspondiente al segundo trimestre publicada por el Instituto Nacional de Estadística (INE).
28 JULIO 2022;DESEMPLEO;EMPLEO;EMPLEABILIDAD;PARADOS;TRABAJO;INEM;IMEFE;MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL;
Jesús Hellín   / Europa Press
28/07/2022
Jesús Hellín Europa Press

La prestación contributiva por desempleo es una ayuda que el Estado proporciona a una persona cuando se queda sin trabajo. Para conseguirla se necesita una serie de requisitos, como haber cotizado al menos 360 días en los 6 años o encontrarse en situación legal de desempleo, entre otros.

Pero como la prestación por desempleo tiene como objetivo que los parados vuelvan a incorporarse a un trabajo, no se puede estar cobrando para siempre. En concreto, se puede estar cobrando el paro durante un plazo máximo de dos años, pero para ello el trabajador debe haber cotizado un tiempo determinado.

En concreto, para poder cobrar la prestación contributiva por desempleo durante dos años es necesario haber cotizado durante los seis años anteriores, todo el tiempo que se toma como referencia por la ley.

Seis años cotizados, dos años de paro

En todo caso, la duración de la prestación contributiva por desempleo depende “de los periodos de ocupación cotizada en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo”, según el artículo 269 de la Ley General de la Seguridad Social. Pero solo se tendrán en cuenta “las cotizaciones que no hayan sido computadas para el reconocimiento de un derecho anterior, tanto de nivel contributivo como asistencial”.

Para calcular los períodos cotizados, se tiene en cuenta la cotización en concepto de desempleo (1,55% lo asume el trabajador y el otro 5,5% la empresa). Como hemos explicado, un trabajador tiene derecho a 720 días de paro (dos años) cuando acumule 2.160 días cotizados. Si hemos cotizado menos de 2.160 días, cobraremos el siguiente paro, según El Economista:

  • Con una cantidad de 1.980 a 2.159 días cotizados se tiene derecho a cobrar 660 días el paro.
  • Con una cantidad de 1.800 a 1.979 días cotizados se tiene derecho a cobrar 600 días el paro.
  • Con una cantidad de 1.620 a 1.799 días cotizados se tiene derecho a 540 días de paro.
  • Con una cantidad de 1.440 a 1.619 días cotizados se tiene derecho a 480 días de paro.
  • Con una cantidad de 1.260 a 1.439 días cotizados se tiene derecho a 420 días de paro.
  • Con una cantidad de 1.080 a 1.259 días cotizados se tiene derecho a 360 días de paro.
  • Con una cantidad de 900 a 1.079 días cotizados se tiene derecho a 300 días de paro.
  • Con una cantidad de 720 a 899 días cotizados se tiene derecho a 240 días de paro.
  • Con una cantidad de 540 a 719 días cotizados se tiene derecho a 180 días de paro.
  • Con una cantidad de 360 a 539 días cotizados se tiene derecho a 120 días de paro, el tiempo mínimo.

Requisitos para cobrar el paro

Según recoge el portal Lo Entiendo, para poder cobrar el paro es necesario haber cotizado durante 360 días en los seis años anteriores a quedarse en paro, estar en situación legal de desempleo, estar dado de alta en un régimen que contemple la prestación por desempleo (Seguridad Social), estar inscrito como demandante de empleo y no estar en edad de jubilación ni tener un trabajo por cuenta propia.