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¿Cuándo se hereda de tíos a sobrinos y cuánto se paga de impuestos en cada comunidad?

Las herencias de tíos a sobrinos pueden ocurrir en dos casos: por línea sucesoria (si el fallecido no tiene herederos de sucesión directa -padres e hijos-) o si el fallecido deja en testamento bienes a su sobrino.

¿Cuándo se hereda de tíos a sobrinos y cuánto se paga de impuestos en cada comunidad?

Los cambios en los modelos de familia tradicionales hacen que cada vez existan más herencias entre familiares colaterales, como es el caso de las herencias de tíos a sobrinos, que en los últimos años han aumentado considerablemente. Lo primero que hay que tener en cuenta a la hora de resultar beneficiario de una herencia, es que no solo se heredan los bienes del difunto, sino que también se heredan las posibles obligaciones del fallecido, como las deudas que pudo haber contraído.

Es conveniente conocer qué dice la legislación española sobre quiénes tienen derecho a recibir lo establecido por un testamento. En el artículo 744 del Código Civil se estipula que “podrán suceder por testamento o abintestato los que no estén incapacitados por ley”.

Dos casos

En el mismo Código Civil, en el título II, llamado “de las sucesiones”, en el artículo 659, se establece que la herencia comprende “todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona, que no se extingan por su muerte”. Además, estrechamente vinculado con el tema que nos ocupa, de tíos a sobrinos, el artículo 948 del Código Civil explica que, si en el testamento “concurrieren hermanos con sobrinos, hijos de hermanos de doble vínculo, los primeros heredarán por cabezas y los segundos por estirpes”.

Las herencias de tíos a sobrinos pueden ocurrir en dos casos: por línea sucesoria (si el fallecido no tienes herederos de sucesión directa -padres e hijos-) o si el fallecido deja en testamento bienes a su sobrino.

Herencia de tíos a sobrinos con o sin testamento

La herencia de tíos a sobrinos con testamento es la forma más sencilla de tíos a sobrinos, debido a que el difunto habrá dejado por escrito en un testamento los bienes adjudicados a sus sobrinos. La ley establece que una parte de los bienes de la herencia tienen que ir destinados a los herederos forzosos del testado (hijos o descendientes del fallecido, el viudo o la viuda, los padres o ascendientes en el caso de que el difunto no haya tenido hijos”.

Si no existe un testamento de por medio, se debe respetar la línea sucesoria establecida por grados de parentescos recogidos en el código civil. Los sobrinos heredarán de su tío si este no tuviera hijos, ni padres, ni cónyuge, ni hermanos.

En el caso de que los legítimos herederos sean los sobrinos, se deberá realizar una declaración de herederos para poder tomar posesión de los bienes del difunto. Si el difunto tuviera más de un sobrino, el reparto de la masa patrimonial se hará a partes iguales entre todos los sobrinos existentes, sin distinción alguna entre ellos.

¿Cuánto se lleva Hacienda de una herencia de este tipo?

La reducción por parentesco en el impuesto sobre sucesiones es:

  • 7.993,46 € en: Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla La Mancha, Castilla y León, Extremadura, La Rioja, Región de Murcia y Comunidad Valenciana.
  • 9.300 € en Canarias.
  • 8.000 € en Baleares, Cantabria, Cataluña, Galicia, Madrid.
  • 20.000 € en Vizcaya.
  • 16.150 € en Guipúzcoa.
  • 38.156 € en Álava.
  • Navarra no tiene deducciones por parentesco.

Al aplicar esta tarifa a la base imponible hay que multiplicarla por un coeficiente, que es fijado en función del parentesco y del patrimonio preexistente del heredero:

  • La mayoría de las CCAA han establecido para los sobrinos un coeficiente de 1,5882 para el caso de patrimonios preexistentes inferiores a 400.000 €.
  • En la Comunidad Valenciana es algo inferior, 390.657,87 €, y superior en Cataluña, 500.000 €.
  • Baleares, sin embargo, fija este coeficiente en 1,2706.