Campaña Renta 2024-2025

Aviso de un experto con el mensaje que está apareciendo en la Renta de miles de españoles: “No tributa como tal”

Acerca del apartado “titulares (herederos) de inmuebles urbanos”, el usuario de TikTok @tu_blog_fiscal expuso que se trata de una interpretación de la AEAT sobre los datos fiscales que posee.

Vista de la declaración de la renta en una tablet, a 3 de abril de 2024, en Madrid (España). La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2023 arranca hoy con la presentación de las declaraciones por Internet, pero desde esta semana los contribuyentes pueden acceder desde la página web y la aplicación móvil de la Agencia Tributaria a sus datos fiscales. Este año el Gobierno ha puesto en marcha algunas medidas fiscales en los Presupuestos Generales del Estado, como el incremento en la reducción de las retenciones del IRPF a las rentas de hasta 21.000 euros, algo que afectará en esta campaña a los contribuyentes con estos ingresos anuales. La campaña se extenderá hasta el 1 de julio de 2024.
03 ABRIL 2024;MADRID;PRESENTACIÓN DECLARACIÓN DE LA RENTA;2023;CAMPAÑA RENTA Y PATRIMONIO
Eduardo Parra / Europa Press
03/04/2024
Eduardo Parra | Europa Press
Alejandro Cañas
Redactor de Actualidad desde octubre de 2021 hasta hoy. Entró en Diario AS en 2019 como becario. Graduado en Periodismo por la Universidad Complutense.
Actualizado a

Los contribuyentes se encuentran en plazo de presentar la Declaración de la Renta de 2024, hasta el próximo 30 de junio, día límite para declarar ante el fisco los ingresos correspondientes al ejercicio fiscal anterior. Sin embargo, son muchos los aspectos a tener en cuenta para evitar errores en su confección.

Uno de ellos sobre los que informa la Agencia Tributaria es el apartado de “titulares (herederos) de inmuebles urbanos”. Este mensaje, que figura en los datos fiscales, puede dar a entender que hayamos heredado un inmueble, aunque en la práctica no se trate de la situación. Con el fin de evitar confusiones, se pronunció el experto fiscal y usuario de TikTok (@tu_blog_fiscal) para aclarar las dudas sobre este apartado.

Lo que te viene a decir es que la AEAT, con los datos que tiene, deduce que se ha heredado una propiedad y que tienes que declarar todos los rendimientos afectos a ese inmueble”, dijo en primer lugar, aunque mencionó posteriormente la línea a seguir para aquellas personas que les aparezca ese mensaje. Primero, hacer caso omiso del mensaje, siempre que no se haya heredado ningún inmueble urbano.

De hecho, el experto apuntó que, en caso de que un contribuyente tenga un inmueble heredado o comprado, aparece un apartado en los datos fiscales que no es ese. En él, aparece la calle del inmueble, así como el porcentaje de la propiedad que se posee y otras cuestiones. “Si todos los imuebles que tienes están en ese apartado, no hagáis en absoluto caso a esto”.

“Dependerá del uso que le des al inmueble”

No es el único aspecto a tener en cuenta. En segundo término, y más importante, el experto expresó que el hecho de recibir un inmueble en herencia “no significa que tenga que tributar en la Declaración de la Renta”. En caso de heredar un inmueble, el impuesto que se paga es el de Sucesiones y Donaciones, mientras que en la Declaración, “dependerá del uso que le des al inmueble”, según comentó

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Sobre los casos en los que se tributaría, se encuentran algunos como si el inmueble heredado no es la vivienda habitual. “Tributarías un 1,1% o un 2% sobre el valor catastral”, mientras que si está en alquiler, lo hará por los rendimientos obtenidos de ese alquiler.

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