Aviso de un experto con el mensaje que está apareciendo en la Renta de miles de españoles: “No tributa como tal”
Acerca del apartado “titulares (herederos) de inmuebles urbanos”, el usuario de TikTok @tu_blog_fiscal expuso que se trata de una interpretación de la AEAT sobre los datos fiscales que posee.


Los contribuyentes se encuentran en plazo de presentar la Declaración de la Renta de 2024, hasta el próximo 30 de junio, día límite para declarar ante el fisco los ingresos correspondientes al ejercicio fiscal anterior. Sin embargo, son muchos los aspectos a tener en cuenta para evitar errores en su confección.
Uno de ellos sobre los que informa la Agencia Tributaria es el apartado de “titulares (herederos) de inmuebles urbanos”. Este mensaje, que figura en los datos fiscales, puede dar a entender que hayamos heredado un inmueble, aunque en la práctica no se trate de la situación. Con el fin de evitar confusiones, se pronunció el experto fiscal y usuario de TikTok (@tu_blog_fiscal) para aclarar las dudas sobre este apartado.
“Lo que te viene a decir es que la AEAT, con los datos que tiene, deduce que se ha heredado una propiedad y que tienes que declarar todos los rendimientos afectos a ese inmueble”, dijo en primer lugar, aunque mencionó posteriormente la línea a seguir para aquellas personas que les aparezca ese mensaje. Primero, hacer caso omiso del mensaje, siempre que no se haya heredado ningún inmueble urbano.
@tu_blog_fiscal Hacienda en vez de ayudarte, te lía más. #renta #inmueble #declaracion #herencia
♬ sonido original - FISCALIDAD PARA TODOS
De hecho, el experto apuntó que, en caso de que un contribuyente tenga un inmueble heredado o comprado, aparece un apartado en los datos fiscales que no es ese. En él, aparece la calle del inmueble, así como el porcentaje de la propiedad que se posee y otras cuestiones. “Si todos los imuebles que tienes están en ese apartado, no hagáis en absoluto caso a esto”.
“Dependerá del uso que le des al inmueble”
No es el único aspecto a tener en cuenta. En segundo término, y más importante, el experto expresó que el hecho de recibir un inmueble en herencia “no significa que tenga que tributar en la Declaración de la Renta”. En caso de heredar un inmueble, el impuesto que se paga es el de Sucesiones y Donaciones, mientras que en la Declaración, “dependerá del uso que le des al inmueble”, según comentó
Noticias relacionadas
Sobre los casos en los que se tributaría, se encuentran algunos como si el inmueble heredado no es la vivienda habitual. “Tributarías un 1,1% o un 2% sobre el valor catastral”, mientras que si está en alquiler, lo hará por los rendimientos obtenidos de ese alquiler.
¡Tus opiniones importan! Comenta en los artículos y suscríbete gratis a nuestra newsletter y a las alertas informativas en la App o el canal de WhatsApp. ¿Buscas licenciar contenido? Haz clic aquí






Rellene su nombre y apellidos para comentar